Solicitud de registro de marca de servicios presentada por Itellum Comunicaciones Costa Rica S.A.
Se ha presentado una solicitud para inscribir como marca de servicios un signo a favor de Itellum Comunicaciones Costa Rica S.A. La solicitud se registró con el número 2026-0012268 y fue ingresada el 28 de septiembre de 2026; figura con fecha del 30 de septiembre de 2026 en el edicto publicado en La Gaceta.
La empresa, por medio de su Apoderada Especial Cynthia Wo Ching Vargas, solicita protección como marca de servicios en las clases internacionales 37 y 38. En la práctica, pide que el signo sirva para distinguir los siguientes servicios:
instalación de cables de acceso a internet; mantenimiento de redes informáticas y de acceso a internet; soporte técnico relacionado con instalación, mantenimiento o reparación de equipos.
servicios de proveedor de servicios de Internet; servicios de telecomunicaciones por redes de fibra óptica, inalámbricas y de cable; prestación de servicios y suministro de acceso a redes de fibra óptica; servicios de comunicación sin cable (wireless); servicios de telecomunicación vía satélite; transmisión electrónica de datos; y suministro de acceso a Internet a través de redes de satélites LEO (Low Earth Orbit) y GEO (Geostationary Earth Orbit).
La solicitud indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. También contiene la nota que, cuando la marca consista en una etiqueta compuesta por varios elementos, la protección no alcanza los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio, según la referencia incluida en el edicto. La solicitud no registra reservas (Reservas: N/A).
El edicto cita expresamente que se convoca a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro. Los terceros tienen un plazo de dos meses para presentar oposiciones o acciones pertinentes, contado a partir de la primera publicación del edicto en La Gaceta. La publicación oficial vinculada en la evidencia corresponde a La Gaceta con fecha 13/10/2026 (enlace oficial proporcionado en la fuente).
La explicación de alcance que aparece en la solicitud es literal respecto a los servicios enumerados; la protección se limita “tal y como aparece en la solicitud”. Si la representación gráfica del signo incluye varios elementos, la protección puede no extenderse a elementos que sean de uso común en el comercio, según lo indicado en el propio edicto. El edicto no describe trámites posteriores, plazos administrativos adicionales ni resolución de registro; solo publica la solicitud y abre el plazo para que terceros presenten sus derechos dentro de los dos meses. La fuente oficial de esta información es La Gaceta (Imprenta Nacional), según el edicto publicado.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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