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La GacetaTarifas y servicios publicos12 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de marca (Solicitud Nº 2026-0012620): marca de cosméticos y servicios de venta en clase 3 y 35

El edicto anuncia que se presentó una solicitud para inscribir una marca de fábrica y servicios en el Registro de Marcas. No es una resolución que concede la marca; es la publicación de una solicitud para que terceros interesados puedan oponerse.

La solicitud fue presentada por Jessica Enue Ward Campos, quien actúa como Apoderado Especial de Heber Farma, S.L., con domicilio en Calle Ibiza, 38, Bajo A, E-28009 Madrid, España.

La solicitud pide proteger la marca en dos clases internacionales: Clase 3: una lista amplia de productos de tocador y cosméticos, incluidos “Artículos de tocador; productos para el cuidado de la piel, los ojos y las uñas; cosméticos en forma de cremas; cosméticos para el uso sobre la piel; cosméticos para tratamiento de belleza; cremas balsámicas de belleza; cosméticos; preparados cosméticos para contribuir al adelgazamiento; productos cosméticos para el cuidado corporal; productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; productos de tocador no medicinales; jabones y geles; aceites esenciales para uso cosmético; aceites naturales con una finalidad cosmética; aceites destilados para el cuidado de belleza; aceites esenciales para el cuidado de la piel; aceites esenciales para perfumar; aceites para el cuidado de la piel [no medicinales]; aceites para uso cosmético; perfumes; agua de perfume; emulsiones corporales; emulsiones faciales cosméticas.” Clase 35: servicios comerciales relacionados con la venta y la promoción: “Servicios de venta al por mayor y al por menor en comercios, por medio de catálogos y a través de redes mundiales de informática de cosméticos y aceites no medicinales (excepto perfumes), servicios de negocios en red, servicios de publicidad a través de Internet, distribución y difusión de materiales publicitarios, servicios de gestión, organización y administración de negocios comerciales.”

La solicitud pide reservar los colores “marrón oscuro” y “marrón claro” como parte de la protección.

De acuerdo con el documento, el signo será protegido tal y como aparece en la solicitud, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. Además, el edicto recoge la referencia al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica que, cuando la marca consiste en una etiqueta y otros elementos, la protección no se extenderá a los elementos de uso común o necesarios en el comercio; este texto aparece en la publicación y limita la extensión de la protección solicitada tal como se señala en la solicitud.

La solicitud reclama prioridad con el número 019346025, de fecha 10/04/2026, concedida en España.

La fecha indicada en la solicitud es 06 de octubre de 2026. La presentación se realizó el 05 de octubre de 2026. El edicto advierte que terceros interesados pueden ejercer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto; es decir, hay un plazo de dos meses para presentar oposiciones o reclamos, contado desde la primera publicación del aviso.

Cualquier tercero que considere que la inscripción perjudica sus derechos debe presentar su oposición o defender su derecho ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto.

La protección solicitada se limita a la forma en que el signo aparece en la solicitud (según el artículo 18 citado). Además, el edicto incorpora la advertencia del artículo 28 que excluye de protección los elementos de uso común o necesarios en el comercio cuando la marca es una etiqueta compuesta por varios elementos.

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Publicacion12 de octubre de 2026
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