Solicitud de registro de marca de Sanrio Company, LTD. (Solicitud N° 2026-0006187)
El 25 de mayo de 2026 se presentó en el Registro de Marcas la Solicitud N.º 2026-0006187, mediante la cual Marco Antonio López Volio, en su calidad de Apoderado Especial de Sanrio Company, LTD. (con domicilio en 1-6-1 Osaki, Shinagawa-Ku, Tokyo, Japón), solicita la inscripción de un signo como Marca de Fábrica y Comercio. La solicitud fue fechada el 27 de mayo de 2026 para efectos del expediente y publicada en La Gaceta para convocar oposiciones.
El solicitante pide protección para un signo tal como aparece en la solicitud (la protección “se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, según la reserva mencionada). La petición cubre múltiples clases internacionales de productos: clase 5, clase 21, clase 23, clase 29, clase 32, clase 33 y clase 34. Para cada clase la solicitud enumera de forma extensa los productos y servicios concretos que se pretenden proteger. Entre ellos, y citando exactamente la redacción de la solicitud, figuran en la clase 5 productos farmacéuticos y veterinarios; en la clase 21 artículos y utensilios para el hogar y cocina; en la clase 23 hilos e hilados; en la clase 29 alimentos y productos lácteos; en la clase 32 bebidas no alcohólicas; en la clase 33 bebidas alcohólicas; y en la clase 34 productos relacionados con tabaco y artículos para fumadores. La solicitud contiene descripciones detalladas y amplias de los artículos incluidos en cada clase (por ejemplo: pañales, sueros, champús medicinales, cafeteras no eléctricas, conservas, cervezas, licores, cigarrillos electrónicos, ceniceros, entre muchos otros), tal como aparece en el texto presentado al Registro.
Se cita a terceros interesados para que, si consideran que sus derechos se verían afectados por este registro, los defiendan ante el Registro de Marcas. El plazo para presentar oposiciones es de dos meses contados a partir de la primera publicación del edicto en La Gaceta. Es decir, cualquier persona o entidad que estime tener un derecho anterior o que pueda resultar perjudicada por la inscripción dispondrá de ese plazo para presentar su reclamo ante el Registro.
La solicitud incorpora una reserva expresando que la protección se limitará al signo tal y como se presenta en la solicitud. Además, se cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos para establecer que, si la marca consiste en una etiqueta compuesta por varios elementos, la protección no alcanzará a aquellos elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio. El edicto recuerda esa limitación legal como condición que puede restringir el alcance de la protección solicitada.
Presentada el 25 de mayo de 2026; fechada el 27 de mayo de 2026 para el expediente; publicada en La Gaceta el 12 de octubre de 2026 según el registro suministrado. La Registradora que firma el edicto es Milena Marín Jiménez y el número interno del expediente aparece como IN202601131297 en la copia del documento.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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