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La GacetaTarifas y servicios publicos09 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de marca de fábrica y comercio (Clase 9) presentada por representante de Eve Energy CO., LTD.

La publicación informa que se presentó una solicitud para inscribir como marca de fábrica y comercio el signo identificado en la solicitud, a favor de Eve Energy CO., LTD., representada por María de la Cruz Villanea Villegas. El registro solicitado corresponde a la clase 9 de la Clasificación Internacional, que agrupa equipos y aparatos eléctricos y electrónicos. El edicto no concede la marca; registra la presentación de la solicitud y abre el trámite de publicación y posibles oposiciones.

La solicitante titular es Eve Energy CO., LTD., con domicilio en Nº 38, 7Th Huifeng Road, Zhongkai High Tech Zone, Huizhou City, Guangdong, China. La solicitud fue presentada el 03 de septiembre de 2026 y la fecha en el documento es 29 de septiembre de 2026.

Se pide proteger, en la clase 9, una larga lista de productos y aparatos relacionados con energía, baterías, almacenamiento y distribución eléctrica, electrónica y equipos asociados. La lista incluye, entre otros, aplicaciones informáticas descargables; software de aplicaciones móviles descargable; probadores de baterías; dispositivos de prueba de pilas de combustible; acidímetros para baterías; consolas de distribución [electricidad]; supercondensadores para almacenamiento de energía; fuentes de alimentación; cuadros y módulos de distribución de energía; transformador de distribución; condensadores; interruptores de celda [electricidad]; inversores [electricidad]; fuente de alimentación ininterrumpida [UPS]; equipos de control eléctrico para gestión de energía; equipos de automatización para centrales eléctricas; baterías y pilas de muchos tipos (batería portátil recargable, baterías para vehículos eléctricos, baterías de litio, baterías solares, pilas para linternas, pilas para audífonos, pilas galvánicas, etc.); cargadores y dispositivos de carga; paneles solares y células fotovoltaicas; postes y estaciones de carga para vehículos eléctricos; módulos de células solares; cajas para baterías; cables para baterías; arrancadores auxiliares de batería; pilas para cigarrillos electrónicos; y otros elementos conexos. Esta enumeración proviene textualmente de la solicitud y define el alcance de los productos que el solicitante pide proteger bajo la marca.

La solicitud incluye una reserva expresada así: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” En la práctica esto significa que la protección que pida el solicitante se limita a la forma concreta del signo tal como fue presentada al Registro; la publicación advierte que no se extenderá automáticamente a elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio cuando la marca consista en una etiqueta o conjunto de elementos (mención ligada al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que cita el edicto). El edicto reproduce esa advertencia sin detallar qué elementos, en este caso concreto, podrían considerarse de uso común.

La publicación cita como efecto procesal que se convoca a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro. Los terceros tienen un plazo de dos meses, contados a partir de la primera publicación del edicto, para presentar oposiciones o reclamaciones relacionadas con esta solicitud. Es decir, durante ese plazo quienes consideren que la inscripción puede afectar un derecho suyo pueden iniciar el trámite que corresponda ante el Registro de la propiedad industrial.

Esta nota es un aviso de la solicitud publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y no constituye una concesión de marca ni una resolución final. La referencia de publicación es La Gaceta, con el edicto fechado 29 de septiembre de 2026 y la presentación registrada el 03 de septiembre de 2026. La fuente oficial indicada en el documento es La Gaceta (Imprenta Nacional) y el PDF original aparece en la URL provista en el edicto.

El edicto informa la presentación y contiene la lista de productos que se desean proteger, la reserva sobre la forma del signo y el plazo para opositores. Por tanto, no puede afirmarse a partir de esta publicación que la marca haya sido inscrita ni que la protección solicitada haya sido evaluada o aceptada.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion09 de octubre de 2026
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Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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