Solicitud de registro de la marca ATOL presentada por Atol Clothing Llc
La Gaceta publicó una solicitud de registro de marca presentada por Atol Clothing Llc, representada por María De La Cruz Villanea Villegas. La solicitud pide inscribir el signo ATOL como Marca de Fábrica y Comercio para varias clases de productos (18, 20, 21, 25 y 28). Esta publicación es un aviso: registra la petición, enumera los productos para los que se pide la marca y abre un plazo para que terceros presenten oposiciones. No es una concesión de marca; es el inicio del trámite público de registro.
Afecta a Atol Clothing Llc (solicitante), a posibles terceros titulares de derechos sobre signos similares y al público en general interesado en usar o comercializar productos iguales o parecidos bajo la misma marca. En la práctica, la solicitud pone en el expediente la intención de Atol Clothing Llc de obtener la exclusividad del signo ATOL para los productos listados. Mientras la solicitud esté en trámite, otros pueden revisar lo solicitado y, si consideran que sus derechos se ven afectados, presentar oposición dentro del plazo indicado. La publicación también hace público el contenido exacto de la marca y los bienes para los que se pide protección.
La solicitud pide proteger ATOL en las siguientes clases y productos tal como aparecen en el edicto: Clase 18: artículos de equipaje (mochilas, cangureras, bolsas de viaje, bolsas de tela, bolsas de hombro, bolsas impermeables, bolsas tipo bandolera). Clase 20: muebles y accesorios de campamento (cojines, sillas, mesas, cocinas portátiles para campamento que incluyen muebles, lavabos y recipientes de almacenamiento, taburetes, tumbonas, cojines de viaje, hamacas, almohadas, colchonetas, camas y catres de campamento). Clase 21: artículos para bebidas y recipientes (vasos, tazas, vasos de cristal, recipientes con tapa, fundas aislantes para latas y botellas, botellas vendidas vacías, abrebotellas, neveras portátiles blandas no eléctricas, hieleras portátiles no eléctricas —incluidas como mochilas—, jarras, tazas grandes, cafeteras de prensa y de goteo no eléctricas, frascos para bebidas). Clase 25: indumentaria y calzado relacionados con la pesca con mosca (camisas, playeras de cuello con manga corta casuales, camisetas, suéteres, sudaderas, sudaderas con capucha, abrigos, chaquetas, chalecos, ropa impermeable, pantalones, shorts, botas de pesca, sombreros visera, gorras, cubrecuellos, bandanas multifuncionales, guantes y calcetines; calzado como zapatos, botas y sandalias). Clase 28: equipo y accesorios para pesca con mosca (cañas y carretes, líneas de pesca, tippets, líderes, respaldos de hilo, flotantes para moscas, materiales para atar señuelos como anzuelos, vástagos, plumas, espumas y cuentas; mochilas de pesca; canastas de desenrollado; estuches para cañas y carretes; cajas y bolsas para artículos de pesca; redes de mano para pesca con mosca).
La solicitud incluye una reserva de protección “tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. También se menciona que, según el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (texto citado en el edicto), cuando una marca consista en una etiqueta o en un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. En la práctica esto significa que la eventual protección que se conceda, si llega a otorgarse, quedará limitada a la forma exacta y a los elementos del signo tal como se presentó y no cubrirá elementos genéricos o de uso común en el comercio que aparezcan en la marca.
La solicitud fue presentada el 16 de septiembre de 2026 y reclama prioridad con fecha 17 de septiembre de 2026. La Gaceta indica que terceros interesados tienen dos meses, contados a partir de la primera publicación de este edicto, para hacer valer sus derechos ante el Registro (es decir, para presentar oposiciones u otros trámites permitidos por la normativa). Esta publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional) y el registrador responsable que firma el edicto es Walter Alfaro González.
Este texto explica lo que contiene y dispone la publicación oficial. No constituye concesión de marca ni información sobre etapas posteriores del trámite (por ejemplo, examenes, concesión o rechazo), porque la publicación solo registra la solicitud y el plazo para oposiciones. Si el edicto tuviera frase incompleta u otra ambigüedad en el original, se ha respetado el texto reproducido en la publicación y no se ha inferido efecto distinto al que allí consta. Fuente: La Gaceta (Imprenta Nacional), publicación del edicto sobre la Solicitud Nº 2026-0011622, enlace al documento oficial en la Gaceta incluido en el aviso.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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