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La GacetaTarifas y servicios publicos08 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca Nº 2026-0011478 para productos y servicios relacionados con energía eléctrica

Se publica en La Gaceta la solicitud de inscripción como marca de comercio y servicios presentada por Paola Castro Montealegre, en representación de Transformadores e Serviços de Energía Das Américas S. A. (domicilio en Minas Gerais, Brasil). El documento no es una concesión de marca; es la publicación del pedido de registro para que terceros puedan conocerlo y, si procede, oponerse.

La solicitud pide proteger un signo como marca en varias clases internacionales (7, 9, 35, 37, 40 y 42). En términos prácticos, esto significa que la empresa pretende obtener derechos exclusivos sobre ese signo para identificar y distinguir los bienes y servicios que se describen en cada clase. Los bienes y servicios listados son: en clase 7, equipos mecánicos y eléctricos como generadores eléctricos, alternadores, motores (no para vehículos terrestres), cajas de cambio no para vehículos terrestres, acoplamientos, cojinetes, filtros para motores y mecanismos de control para máquinas y generadores; en clase 9, aparatos y componentes eléctricos y electrónicos como circuitos integrados, dispositivos de control y medición de energía, contadores eléctricos, sistemas de almacenamiento de energía en baterías (BESS), equipos para conducción, conmutación, transformación, regulación o control de electricidad, sistemas de protección y telecomunicaciones para gestión de energía, transformadores de potencia y distribución, transformadores de corriente y reactores eléctricos; en clase 35, servicios empresariales externalizados, investigación y gestión empresarial, consultoría y estudios de mercado dirigidos específicamente al ámbito de producción, transporte, distribución y conversión de energía eléctrica; en clase 37, servicios de instalación, mantenimiento, reparación y renovación (acondicionamiento) de transformadores de potencia y reguladores de tensión escalonados, y asistencia técnica para instalación, mantenimiento y reparación de equipos eléctricos de alta tensión; en clase 40, fabricación a medida de transformadores eléctricos y reguladores de tensión escalonados, y fabricación de soluciones de protección, automatización, sistemas de control de subestaciones eléctricas y equipos eléctricos industriales para terceros; y en clase 42, servicios de ingeniería y tecnologías de la información aplicadas a la producción, transmisión, distribución y conversión de energía eléctrica, protección de energía, automatización, integración de sistemas, selección e implementación de hardware y software para sistemas de energía eléctrica para terceros, además de “asesoría, consultoría y servicios de información sobre líquidos en el ámbito de la química” (término literal del expediente).

La solicitud indica que el signo se protegerá tal como aparece en la solicitud, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. También se cita el efecto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: cuando la marca incluye una etiqueta u otros elementos compuestos, la protección no alcanza los elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio. En la práctica, esto significa que si partes del signo son expresiones, gráficos o elementos que normalmente se usan en el comercio, esos elementos no quedarán protegidos de forma exclusiva.

La fecha indicada en el documento es 18 de septiembre de 2026 y la solicitud fue presentada el 11 de septiembre de 2026. El edicto convoca a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este aviso. Es decir, desde la primera vez que se publique este aviso en La Gaceta quienes consideren que la solicitud afecta sus derechos tienen un plazo de dos meses para presentar oposición ante el Registro. El texto remite además al artículo 85 de la Ley Nº 7978 a efectos de publicación. El documento registra como responsable del acto al Registrador Richard Valerín Castro e incluye el número de expediente (IN202601131309).

Afecta principalmente a empresas o personas que ya usen señales, marcas, nombres o signos en Costa Rica dentro de los mismos productos o servicios descritos en la solicitud. Esas personas pueden presentar oposición ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación si quieren defender sus derechos. No es una resolución que otorgue la marca ni imponga obligaciones adicionales; es un aviso de trámite de registro publicado por el Registro de Marcas (La Gaceta, Imprenta Nacional).

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion08 de octubre de 2026
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La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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