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La GacetaContrataciones publicas08 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de la marca de servicios «LAWSON & LEGAL» (Solicitud Nº 2026-0008036)

La Gaceta publica la solicitud de registro de marca de servicios presentada por Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, bajo el número 2026-0008036. Esto es una petición para inscribir el signo «LAWSON & LEGAL» como marca de servicios; no es una concesión ni una resolución final, sino la difusión pública de la solicitud para que terceros puedan hacer valer sus derechos.

El solicitante solicita que «LAWSON & LEGAL» se proteja como marca para servicios clasificados en la clase internacional 45. En la propia solicitud se detallan los servicios que se pretende cubrir con la marca: servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas; servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia jurídica; servicios de preparación y redacción de documentos jurídicos; servicios de defensa jurídica y representación legal; y asesoramiento jurídico para responder a convocatorias de licitación (contratación pública). En la práctica, esto significa que el solicitante pretende distinguir esos servicios comerciales usando el signo «LAWSON & LEGAL». La solicitud establece que el signo se protegerá tal y como aparece en la presentación.

La Gaceta reproduce dos limitaciones expresas incluidas en la solicitud. Primero, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, la protección solicitada corresponde exactamente a la forma en que el signo fue presentado en la solicitud. Segundo, la publicación cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa mención, tal como aparece en la publicación, indica que la protección solicitada no pretende excluir el uso de elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio, en la medida en que esa regla resulte aplicable.

La publicación cita que se convoca a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. En términos prácticos, cualquier persona o entidad que considere que la solicitud afecta sus derechos dispone de ese plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar una oposición o los recursos que procedan ante el Registro. La publicación señala además que, para efectos de la difusión, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

La solicitud fue presentada el 30 de junio de 2026 y la fecha que aparece en el edicto es 17 de julio de 2026. El solicitante declara domicilio en el distrito primero del cantón de Matina, provincia de Limón, frente a la escuela pública, edificio de dos plantas, Matina, Costa Rica. La Registradora que figura en la publicación es Isela Chango Trejos y la referencia interna consignada es ( IN202601130881 ).

La Gaceta publica la petición de registro pero no informa si la marca ya fue o será registrada, ni indica si existe oposición presentada o resolución administrativa definitiva. Si la publicación contiene frases o referencias legales incompletas, aquí se reproduce solo lo que la propia publicación expone; no se infieren efectos adicionales ni resultados finales fuera de lo publicado.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion08 de octubre de 2026
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