Aviso notarial: disolución y liquidación de la sociedad 3-102-908495
Según la escritura notarial Nº 097, los socios decidieron disolver y liquidar la sociedad. El documento aclara que no se realizó el trámite de adjudicación porque la sociedad no tenía pasivos ni activos. En la práctica esto significa que los socios acordaron terminar la existencia legal de la sociedad y cerrar su liquidación sin distribuir bienes o saldar deudas, debido a que no había bienes ni obligaciones registradas al momento del acto notarial.
Actuaron los socios de la propia sociedad, reunidos y manifestando su voluntad en la escritura pública ante la notaría. El efecto directo recae sobre la propia sociedad 3-102-908495: su disolución y el cierre del proceso de liquidación conforme a lo consignado en la escritura.
La única condición expresada en la escritura es que se prescinde del trámite de adjudicación por la ausencia de pasivos y activos. La fecha del acto notarial es treinta de setiembre del año 2026. El aviso notarial incluye la firma o intervención del profesional que dio fe: Lic. Ricardo Castro Páez, Carnet 7762.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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