Notificación de resolución que declara el "Cuido Provisional" de la pme C.A.M.G. y concede audiencia a Seidy García Guzmán
La autoridad comunicó a la señora Seidy García Guzmán una resolución, fechada a las diez horas treinta minutos del 24 de agosto de 2026, en la que se declara el “Cuido Provisional” de la pme C.A.M.G., dentro del expediente administrativo RDURAIHN-00846-2026. El documento notifica esa decisión y, como paso procesal, le concede a la señora García Guzmán un plazo de cinco días hábiles para presentar los alegatos que considere pertinentes y ofrecer las pruebas que estime necesarias. El texto añade que ella tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección.
El expediente completo está a disposición para su consulta en la oficina regional que indica la resolución. La dirección señalada es: Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al Sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. La dependencia emisora es el Departamento de Atención y Respuesta Inmediata Huetar Norte. El documento presenta como responsable a la Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso Administrativo, Representante Legal, e identifica el expediente con (IN202601128768).
la audiencia tiene una duración de cinco días hábiles contados desde la notificación, según la redacción “Se le confiere audiencia a la señora Seidy García Guzmán a por cinco días hábiles”. El documento reconoce expresamente el derecho de la interesada a ofrecer pruebas y a ser asesorada o representada. También autoriza la consulta del expediente en días y horas hábiles y la solicitud de copias del mismo, indicando que el expediente permanecerá disponible en la oficina regional señalada.
la resolución notifica la declaración del “Cuido Provisional” pero no explica en el texto notificado qué significa, qué efectos concretos tiene ese “Cuido Provisional” sobre la pme C.A.M.G. ni cuánto tiempo permanecerá esa medida. Por tanto, con la evidencia disponible no puede afirmarse un calendario exacto de vencimientos ni los efectos prácticos de la medida más allá de la apertura de la audiencia y la disponibilidad del expediente.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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