La Gaceta
La GacetaTarifas y servicios publicos08 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Consulta pública: propuesta de ajuste extraordinario de tarifas de autobús y taxi por aumento del combustible

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) publicó una consulta pública sobre una propuesta para fijar, de forma extraordinaria, nuevas tarifas del servicio público de transporte remunerado de personas (autobús en ruta regular y taxis). La propuesta se basa en variaciones importantes en el precio de los combustibles que la ARESEP atribuye al conflicto bélico en Medio Oriente. Esto es una propuesta abierta a opiniones y no es una decisión definitiva.

para el servicio de autobús en ruta regular se plantea un aumento porcentual único del 4,95% para todas las rutas que tengan título habilitante vigente. Las tarifas específicas por ruta están detalladas en el Anexo 9 del informe IN-0347-IT-2026, que forma parte del expediente ET-107-2026 y puede consultarse en el expediente.

Para el servicio de taxi se proponen cambios distintos según la base de operación:

se proponen los siguientes ajustes: Taxi sedán: banderazo de ₡850 a ₡860 (aumento absoluto ₡10, 1,18%); tarifa variable de ₡850 a ₡860 (₡10, 1,18%); tarifa por demora de ₡3 550 a ₡3 610 (₡60, 1,69%). Taxi adaptado para personas con discapacidad: banderazo de ₡760 a ₡780 (₡20, 2,63%); tarifa variable de ₡760 a ₡780 (₡20, 2,63%); tarifa por demora de ₡3 780 a ₡3 860 (₡80, 2,12%). Taxi rural: banderazo de ₡940 a ₡960 (₡20, 2,13%); tarifa variable de ₡940 a ₡960 (₡20, 2,13%); tarifa por demora de ₡3 820 a ₡3 890 (₡70, 1,83%).

se proponen los siguientes ajustes: Taxi sedán: banderazo de ₡730 a ₡740 (₡10, 1,37%); tarifa variable de ₡730 a ₡740 (₡10, 1,37%); tarifa por demora de ₡3 730 a ₡3 790 (₡60, 1,61%). Taxi microbús: banderazo de ₡730 a ₡750 (₡20, 2,74%); tarifa variable de ₡730 a ₡750 (₡20, 2,74%); tarifa por demora de ₡3 930 a ₡4 020 (₡90, 2,29%).

la publicación indica que, según la resolución citada en cada caso, a partir de las tarifas fijadas se calcula el costo de cada viaje específico para obtener la tarifa total máxima. El prestador puede negociar con el usuario un cobro igual o inferior al monto máximo que marque el taxímetro. (La publicación remite a secciones específicas de resoluciones para ese procedimiento y lo menciona como nota en cada tabla.)

la ARESEP invita a personas interesadas a enviar por escrito sus posiciones a favor o en contra, con las razones. Las presentaciones se reciben hasta el martes 20 de octubre de 2026. Se aceptan: 1) escritos firmados en papel con fotocopia de la cédula entregados en las oficinas de ARESEP (Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, edificio Turrubares) o 2) enviados por el correo electrónico oficial consejero@aresep.go.cr. Si se envía por correo electrónico, el documento debe estar firmado mediante firma digital o, en su defecto, el archivo escaneado con la firma y cumplir los requisitos señalados; además, el correo no puede exceder 10,5 megabytes. Las personas jurídicas deben firmar el escrito por su representante legal y adjuntar certificación de personería jurídica vigente. El escrito debe indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, fax o dirección exacta).

el expediente ET-107-2026 puede consultarse en las instalaciones de ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargarse en www.aresep.go.cr (sección expedientes). El aviso también incluye un enlace directo al expediente. Para asesorías o información adicional se indica el correo consejero@aresep.go.cr y la línea gratuita 8000 273737.

la convocatoria se publica por una única vez en La Gaceta. La publicación en La Gaceta y el texto citado son la fuente oficial de esta consulta pública (La Gaceta, publicación de la ARESEP, expediente ET-107-2026).

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion08 de octubre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.