Solicitud de registro de marca de fábrica y comercio de BYD Company Limited para vehículos (Clase 12)
Este aviso publica una solicitud de inscripción de marca de fábrica y comercio presentada ante el Registro (publicada en La Gaceta). La solicitante es María Laura Valverde Cordero, en calidad de Apoderado Especial de BYD Company Limited, con domicilio en N° 1, Yan’an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, China. La solicitud pide proteger el signo tal como aparece en la solicitud y reclama prioridad internacional.
La solicitud busca que la marca identifique y distinga productos de la clase internacional 12. En concreto, la lista incluye: automóviles; carros motorizados; carros; autocares; camiones (tortón); camiones (rabón); buses motorizados; carretillas elevadoras; cuerpos de automóvil; chasis de automóvil; motores eléctricos para vehículos terrestres; pastillas de freno para automóviles; carros autónomos; y carros que se conducen solos.
La solicitud fue presentada el 17 de septiembre de 2026. El documento también registra “Fecha: 22 de septiembre de 2026”. Se otorga prioridad N° 91174501, de fecha 14/04/2026, concedida en China, según consta en la solicitud. (Estos son los datos tal como aparecen en el aviso.)
Terceros interesados que consideren que la solicitud afecta sus derechos pueden presentar oposición o ejercer sus derechos ante el Registro. El aviso establece que tienen un plazo de dos meses contados desde la primera publicación de este edicto para hacerlo. El texto exacto indica: “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.”
La protección del signo se pide “tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, según el propio aviso. Además, el aviso cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y reproduce su contenido relevante: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto significa que, según la propia nota, no se busca que la protección impida el uso de elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio; la solicitud se protege en la forma presentada y con la limitación señalada.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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