Disolución y solicitud de liquidación de la sociedad G y S, S.A. (aviso notarial)
Esa asamblea se celebró a las 09:00 horas del mismo día 28 de setiembre de 2026. En la asamblea se decidió y aprobó la disolución de la sociedad.
El aviso dice que, al momento de la decisión, la sociedad “no cuenta con activos ni pasivos, y no existe ningún interés fiscal pendiente de satisfacer”. Por esa razón los socios acordaron prescindir del nombramiento de un liquidador. En consecuencia, solicitaron al Registro de Personas Jurídicas que tenga a la sociedad por liquidada. El aviso indica que esa solicitud se hace conforme a lo establecido en el artículo ciento siete del Reglamento del Registro de Personas Jurídicas.
En la práctica, esto significa que los socios aprobaron poner fin a la existencia de la sociedad y pidieron al Registro de Personas Jurídicas que la cierre en sus registros porque la empresa no tendría bienes, deudas ni obligaciones fiscales pendientes según lo declarado en la escritura. El documento que contiene este aviso fue publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) el 06/10/2026, según la referencia del anuncio notarial (IN202601129827).
la disolución fue acordada el 28 de setiembre de 2026; la declaración de inexistencia de activos, pasivos e intereses fiscales pendientes figura en la escritura y es la base para no nombrar liquidador; la solicitud al Registro de Personas Jurídicas es lo que piden los socios para que la sociedad quede registrada como liquidada. Por tanto, no es posible afirmar a partir de este documento si la sociedad ya aparece como liquidada en el Registro o si existen acciones administrativas pendientes por parte de la autoridad registral.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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