Solicitud de inscripción de marca de servicios (Clase 35) presentada por Marianela Sánchez Alvarado
La Gaceta publicó la Solicitud Nº 2026-0011380, en la que Marianela Sánchez Alvarado solicita inscribir como marca de servicios (Clase 35, internacional) un signo para identificar y proteger determinados servicios relacionados con gestión de personal y administración empresarial.
Los servicios que la solicitante pide proteger en Clase 35 son: “Consultoría sobre gestión de personal; selección de personal; servicios de externalización [asistencia comercial]; servicios de subcontratación [asistencia comercial]; gestión administrativa externalizada para empresas; preparación de nóminas; tests psicotécnicos para la selección de personal.” Esos términos son los que la solicitud presenta como el alcance de la protección buscada.
La solicitud fue presentada el 10 de setiembre de 2026. En el texto aparece la fecha 22 de setiembre de 2026, y la publicación indica que terceros interesados tienen un plazo de dos meses, contados a partir de la primera publicación de este edicto, para ejercer y hacer valer sus derechos ante el Registro. El edicto menciona que, a efectos de publicación, se consideró lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.
La solicitante declara una reserva expresada así: “de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, la publicación incluye una precisión tomada del art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. En la práctica, esto significa que la protección que se solicite quedará limitada a la forma exacta del signo registrada y no cubriría elementos del signo que sean de uso corriente en el comercio, según lo interpretado por el Registro.
La Registradora que firma el edicto es Grettel Solís Fernández. Cualquier tercero que considere que tiene derechos afectados por esta solicitud puede presentar oposición o acciones ante el Registro dentro de los dos meses desde la primera publicación del edicto.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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