Ampliación de delegación de firma en la Dirección Administrativa Financiera del SINAC
La Dirección Ejecutiva del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) amplía una resolución previa (R-323-2026-MINAE) para autorizar que, cuando la Directora Administrativa Financiera del SINAC, señora Marlene Ulate Cambronero, esté en ausencia temporal o tenga una imposibilidad justificada, el señor David Chavarría Morales —jefe a. i. del Departamento Financiero Contable de la Secretaría Ejecutiva del SINAC, nombrado mediante oficio N° SINAC-SE-DE-1575-2022— pueda realizar y firmar una lista concreta de actos administrativos. Esta ampliación fue dispuesta por el Director Ejecutivo Fabián Andrés Sánchez Dorado y publicada en el Diario Oficial La Gaceta.
la resolución permite que, durante la ausencia temporal o imposibilidad justificada de la Directora Administrativa Financiera, David Chavarría firme y ejecute actos administrativos específicos que habitualmente requiere la gestión de esa dirección. Esos actos incluyen, entre otros, decisiones iniciales en procedimientos de contratación pública de la Secretaría Ejecutiva del SINAC; órdenes de pedido; firma de informes técnicos y económicos de ofertas y documentos de análisis, verificación o recomendación dentro de los procesos de contratación pública; y otras gestiones preparatorias, instrumentales o complementarias vinculadas con procedimientos de contratación pública, siempre que no impliquen competencias decisorias indelegables o reservadas por ley a otro órgano.
Además, la delegación comprende actos vinculados con la administración de bienes (firma de documentos para traslado y aceptación de bienes en calidad de préstamo de la Secretaría Ejecutiva del SINAC); procesos financieros y presupuestarios (solicitudes de pago a proveedores, autorizaciones de transferencias, solicitudes de transferencia ante el Departamento Financiero Contable del SINAC del Ministerio de Ambiente y Energía, y gestiones relacionadas con ejecución, seguimiento, control y trámite presupuestario o financiero); y gestiones de coordinación o remisión ante unidades internas o externas competentes en materia financiera, presupuestaria, contable y de tesorería.
La ampliación también autoriza a realizar trámites de servicios generales que afectan a la administración vehicular y al aseguramiento de bienes: inscripción de vehículos ante el Registro Nacional; trámites aduaneros y de exención o exoneración de impuestos; gestiones relacionadas con pólizas de seguros (aplicación, modificación, actualización, reclamo o seguimiento); firma de tarjetas de ruedo de los vehículos oficiales asignados o administrados por la Secretaría Ejecutiva del SINAC; y otras gestiones administrativas relacionadas con servicios generales, mantenimiento, operación logística y trámites conexos propios de la Dirección Administrativa Financiera.
la delegación se aplica exclusivamente cuando exista la “ausencia temporal o imposibilidad justificada” de la señora Marlene Ulate Cambronero. Es válida únicamente respecto de los actos administrativos enumerados en esta ampliación y en el “por tanto primero” de la Resolución N° R-323-2026-MINAE; no amplía ni modifica la competencia, el contenido ni el alcance material de los actos delegados originalmente. La resolución aclara que no se pueden delegar competencias que la ley declare indelegables o que correspondan a otro órgano. No se indica una fecha de inicio o término distinta a la condición señalada; por tanto, la vigencia opera mientras se dé la ausencia temporal o imposibilidad justificada de la titular y conforme a los límites establecidos en la resolución y en la resolución original.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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