Solicitud de inscripción de marca de servicios (Clase 35) presentada por Microsules Argentina S.A.
La Gaceta publica una solicitud (Nº 2026-0004124) presentada para inscribir una marca de servicios a nombre de Microsules Argentina Sociedad Anónima de Servicios, Comercial, Industrial, Inmobiliaria y Agropecuaria. La solicitud fue firmada por Marco Antonio López Volio en calidad de apoderado especial. El trámite está registrado como presentado el 13 de abril de 2026 y fechado el 15 de abril de 2026. Fuente oficial: La Gaceta (Imprenta Nacional), publicación con enlace al documento en PDF.
Se solicita la inscripción de una marca de servicios en la clase 35 del Clasificador Internacional. Los servicios que se pretenden proteger y distinguir bajo esa marca son: comercialización, distribución, importación, exportación y venta al por mayor y al por menor de productos farmacéuticos, insumos médicos, material quirúrgico, implementos y equipo hospitalario; servicios de representación comercial; intermediación de negocios; gestión y administración de negocios comerciales; servicios de marketing, promoción y publicidad en el sector farmacéutico y médico; y servicios de licitación y provisión para entidades públicas y privadas.
El solicitante reserva el color azul Pantone 294 CVC. El edicto señala que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, la publicación indica que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto impone un límite a la protección si la marca incluye elementos de uso general en el comercio.
La Gaceta cita a terceros interesados a que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, la publicación convoca oposiciones o reclamos de terceros durante ese plazo. El contenido publicado es una solicitud (un trámite que inicia un procedimiento), no una concesión definitiva de la marca. La publicación se hace a efectos de publicidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.
Por tanto, a partir de la evidencia disponible no puede precisarse cómo es visualmente la marca ni cuáles son sus elementos gráficos concretos. Si la marca incluye una etiqueta u otros elementos, la aplicación del artículo 28 puede limitar la protección frente a elementos comunes o necesarios en el comercio.
El edicto está firmado por Walter Alfaro González, Registrador, e identificado con el código (IN202601126908).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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