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La GacetaTarifas y servicios publicos01 de octubre de 2026Explicación ciudadana

Subsanación de la fecha de vigencia de la delegación de firma al Viceministro Administrativo del Ministerio de Cultura y Juventud

El documento corrige la fecha desde la cual rige una delegación de firma concedida al Viceministro Administrativo del Ministerio de Cultura y Juventud. La corrección establece que la delegación de firma otorgada al señor Luis Alexander Castro Mena rige a partir del 11 de julio de 2024. Esta corrección se realiza por medio de un acto administrativo adoptado por la Ministra de Cultura y Juventud a.i., el 22 de junio de 2026.

Afecta a la delegación de firma otorgada en el Acuerdo Ejecutivo N° 212-C del 04 de setiembre de 2024. Esta delegación autoriza que el Viceministro Administrativo, o quien ocupe ese cargo, materialice con su firma ciertos actos administrativos previamente resueltos por el órgano competente. Según el texto, la subsanación hace que los actos administrativos comprendidos en el alcance material de esa delegación que se hayan emitido a partir del 11 de julio de 2024 se consideren válidamente suscritos y plenamente eficaces.

La corrección se limita a la fecha de vigencia de la delegación de firma; expresamente se mantienen sin cambio las demás disposiciones del Acuerdo Ejecutivo N° 212-C del 04 de setiembre de 2024. El documento repite la regla legal de que la delegación de firma no implica transferencia de competencias: solo autoriza la materialidad de la firma sobre actos ya resueltos por el órgano competente, conforme al artículo 92 de la Ley N° 6227 (Ley General de la Administración Pública).

El texto menciona que originalmente el Acuerdo Ejecutivo N° 212-C indicó que la delegación “rige a partir de su publicación” (publicación en La Gaceta N° 204 del 31 de octubre de 2024), pero la voluntad administrativa fue que la delegación produjera efectos desde el 11 de julio de 2024, fecha en que Jorge Rodríguez Vives asumió como Ministro de Cultura y Juventud. La diferencia entre la fecha consignada y la voluntad administrativa generaba una discordancia que podía causar incertidumbre sobre el período en que la delegación estuvo vigente y sobre los actos suscritos en su amparo; por eso se corrigió la fecha.

El acto de subsanación dispone expresamente que rige a partir del 11 de julio de 2024. Como consecuencia, los actos administrativos dentro del ámbito material de la delegación que fueron emitidos desde esa fecha se tienen por válidamente suscritos y plenamente eficaces. Las demás disposiciones del Acuerdo Ejecutivo N° 212-C permanecen incólumes.

El documento cita como fundamentos normativos el artículo 146 de la Constitución Política y los artículos 4, 25.2, 28 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b), 89, 92 y 187 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública. También menciona el Decreto Ejecutivo N° 37389-C del 14 de setiembre de 2012 (que crea el Viceministerio Administrativo y, en su artículo 3°, le asigna funciones administrativas y de dirección del Programa Presupuestario 749) y un dictamen de la Procuraduría General de la República, C-167-2022 del 11 de agosto de 2022, sobre la delegación de firma. La fuente oficial del documento es el Ministerio de Cultura y Juventud y su publicación en el Diario Oficial La Gaceta (actuación consignada en el expediente que se reproduce en la evidencia).

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion01 de octubre de 2026
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