Aviso notarial: acuerdo de liquidación de la sociedad TRES – CIENTO DOS - DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO SRL
El aviso notarial registra este acuerdo de los socios como decisión documentada ante notario.
La escritura consignada en el aviso declara que la sociedad “se encuentra al día en sus obligaciones tributarias y satisfecho cualquier interés del fisco.” Esa frase aparece textualmente en la evidencia y se refiere al estado de las obligaciones fiscales al momento de la escritura.
El instrumento público fue autorizado por el Notario Público Lic. Mario Arias Agüero. La evidencia proviene de un aviso publicado en La Gaceta; el documento original está referenciado como IN202601125884 y la copia disponible en la Imprenta Nacional contiene la transcripción incluida en este aviso.
En la evidencia no aparecen: quién será el liquidador, la fecha efectiva de inicio del proceso de liquidación, el procedimiento de liquidación, plazos para el pago a acreedores, montos, condiciones para la distribución de activos, ni instrucciones administrativas o registrales posteriores. Por tanto, desde este aviso no es posible afirmar ninguna de esas circunstancias; faltan esos detalles en la copia proporcionada.
El acto notarial y la declaración sobre el estado tributario se refieren a la fecha y hora indicadas (08 de setiembre del 2026, 11:45 horas). Cualquier efecto legal o registral adicional que dependa de otros trámites o publicaciones no está descrito en la evidencia.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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