Instauración de Tribunal de Honor y citaciones en el expediente disciplinario N° 1449-2025 (IDEPSA S.A.)
Este documento oficial del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), publicado en La Gaceta, registra la decisión de instaurar un Tribunal de Honor para tramitar un procedimiento disciplinario contra la empresa Industrias de Estructuras Prefabricadas IDEPSA S. A., registro CC-09975, y contra la Arq. Adriana Ferro Gámez, a raíz de una denuncia presentada por el Sr. Andrés Mauricio Corrales Quirós bajo el expediente administrativo N° 1449-2025. La Junta Directiva General autorizó la publicación por edicto porque, según oficio TH-415-2026 del Departamento de Tribunales de Honor, resultó materialmente imposible notificar por otros medios a IDEPSA S. A. El Tribunal de Honor fue integrado por el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Luis Guillermo Quesada Arias y el Ing. Rolando Herrera Quesada, miembros del Tribunal de Honor Permanente de Empresas, quienes podrán contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento. El acuerdo N° 17 acoge el informe N° 0145-2026-CAV (11 de febrero de 2026) del Centro de Análisis y Verificación y ordena remitir el expediente al Tribunal de Honor para que inicie la instrucción y comunique el traslado de los cargos.
Se atribuyen a IDEPSA S. A. presuntos incumplimientos relacionados con el contrato “Construcción Casa de Habitación Paquete Tipo: Construcción Completa” firmado el 06 de febrero de 2024, que establecía en su cláusula sexta un plazo máximo de entrega de tres meses a partir del inicio de la obra. Según la bitácora digital, el proyecto inició el 2 de enero de 2025 y, según la denuncia del 28 de mayo de 2025 y los documentos aportados, al momento de esa denuncia la obra no había sido finalizada ni mostraba nuevos avances pese a transcurrido el plazo contractual. Con base en lo actuado, se indica la posible falta a normas y principios del CFIA, entre ellas artículos de la Ley Orgánica del CFIA, el Reglamento Interior General, reglamentos de contratación y de empresas, y el Código de Ética Profesional (la lista concreta aparece en el texto). El proyecto afectado es identificado como OC-1145755, del 04 de abril 2024, proyecto de Vivienda con un área de 51 metros cuadrados y ubicación en provincia San José, cantón Desamparados, distrito San Rafael, referencia “escuela Quemada 200 metros al sur, 300 metros este y 200 metros norte”; los datos del proyecto y del contrato constan en folios indicados en el expediente.
Se concede a la empresa investigada un plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la notificación del auto de intimación, para que se refiera por escrito sobre los hechos y ofrezca prueba de descargo. Se advierte que si no se apersona, el procedimiento continuará sin su participación, sin reposición de trámites; podrá incorporarse en cualquier momento, pero en el estado en que se encuentre. El CFIA garantiza acceso al expediente, sus piezas y antecedentes, regulado por los artículos 54, 55 y 56 del reglamento que aplica.
La empresa investigada debe, dentro del tercer día hábil y por escrito, señalar un número de fax o un correo electrónico para recibir notificaciones, bajo apercibimiento de que, si no lo hace, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas; la misma consecuencia aplica si el medio designado es impreciso o la notificación se imposibilita por causas ajenas al CFIA. Se recuerda el derecho a hacerse representar y asesorar por abogado, técnico o persona calificada.
Se cita a la empresa IDEPSA S. A. (por su representante legal) a una audiencia oral y privada para el jueves 10 de diciembre de 2026 a las 9:00 horas, en la sede indicada del CFIA, donde se admitirá y recibirá la prueba ofrecida por las partes (incluida la que se presente ese mismo día, bajo sanción de caducidad), se recibirán declaraciones y testigos, se analizarán documentos y se escucharán alegatos finales. Se aclara que la inasistencia no impide que el procedimiento continúe y que el investigado puede abstenerse de declarar sin que ello implique aceptación de los cargos. La documentación que se quiera presentar al Tribunal de Honor debe remitirse por correo electrónico a plataformadeservicios@cfia.cr o de manera física en la plataforma de servicios de las sedes del CFIA.
Se cita también al denunciante, Sr. Andrés Mauricio Corrales Quirós, para que comparezca personalmente (no por apoderado) a la misma audiencia el jueves 10 de diciembre de 2026 a las 9:00 horas, en la oficina de Tribunales de Honor del CFIA, donde se recibirán y evaluarán las pruebas y alegatos. Se indica que a la audiencia solo pueden asistir las partes, representantes legales, abogados y testigos. Contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, conforme a los artículos 99, 100 y 101 del Reglamento aplicable, en un plazo de siete días hábiles que corre desde el día hábil siguiente a la notificación de la resolución.
El auto de intimación y las citaciones quedan registrados en el expediente N° 1449-2025 y fueron emitidos por el Tribunal de Honor de Empresas del CFIA. La publicación y los datos citados aparecen en La Gaceta, Diario Oficial (fuente oficial indicada en el documento).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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