La Gaceta
La GacetaTarifas y servicios publicos30 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca N° 2026-0009940 — Clase 30: Café

Se trata de una solicitud de registro de marca presentada ante el Registro de Marcas, identificada como Solicitud N° 2026-0009940. Quien presenta la solicitud es Adrián Mora Sánchez, en calidad de apoderado especial de Johann Osvaldo Rodríguez Granados. La solicitud pide inscribir una marca de comercio en la clase 30 (específicamente para “Café”). El documento en la Gaceta es un edicto que publica esa solicitud y convoca a terceros interesados.

Afecta a cualquier tercero que crea tener derechos anteriores o que quiera oponerse al registro de esa marca. El edicto cita que los terceros interesados tienen un plazo de dos meses, contados desde la primera publicación de este edicto, para presentar ante el Registro las acciones o defensas que estimen pertinentes para hacer valer sus derechos. Esto significa que, hasta que el Registro resuelva la solicitud, terceros pueden presentar oposiciones dentro de ese plazo. El texto de la Gaceta deja claro que se trata de una solicitud; no dice que la marca ya esté registrada.

La solicitud incluye una reserva explícita sobre cómo se protegerá el signo. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (Ley 7978), “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, el edicto cita el artículo 28 de la misma Ley y deja constancia de la regla que aplica cuando la marca consiste en una etiqueta o en un conjunto de elementos: “la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. En la práctica, según lo publicado, la protección pedida está limitada a la forma y elementos tal como se presentaron en la solicitud, y no ampara de forma exclusiva elementos que sean de uso corriente en el comercio.

La solicitud fue presentada el 12 de agosto de 2026 y la fecha que figura en el texto es 28 de agosto de 2026. El edicto indica que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. La Gaceta pública el aviso en su edición correspondiente (enlace oficial indicado en la evidencia).

El edicto publica la solicitud y las reservas, pero no contiene la decisión final del Registro sobre si la marca será o no registrada. Si algún fragmento del expediente o la solicitud gráfica está incompleto en la evidencia proporcionada, eso no permite concluir cuál será el resultado final del trámite.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion30 de septiembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.