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La GacetaTarifas y servicios publicos30 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Aviso notarial: reforma del Artículo Sétimo del pacto constitutivo de Paso Comercial Arias Sociedad Anónima

La sociedad Paso Comercial Arias Sociedad Anónima comunicó públicamente, mediante escritura pública y aviso notarial, que su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas aprobó la reforma íntegra de la cláusula séptima de su pacto constitutivo. La reforma quedó protocolizada ante notario mediante la escritura número setenta y cinco- seis, visible al folio cuarenta y ocho frente, del tomo seis, a las dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil veintiséis. El aviso fue publicado en La Gaceta con identificación IN202601124750. Documento y fechas relevantes: la Asamblea se celebró a las once horas del día veinticuatro de agosto del dos mil veintiséis. La protocolización notarial ocurrió el veinticinco de agosto del dos mil veintiséis; el acto fue autorizado por el Notario Público Lic. Maynor Hugo Ugalde Almengor. Qué dispone el nuevo Artículo Sétimo: La sociedad será administrada por una Junta Directiva formada por cuatro miembros, que ocuparán los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. El texto establece que corresponderá al Presidente y Vicepresidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de “Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma”. A continuación el acto incorpora la frase “Dicho personero estará además facultado para sustituir su mandato, reservándose siempre el ejercicio del mismo, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, así como otorgar y revocar toda clase de poderes.” El término “Dicho personero” aparece en el documento sin aclarar expresamente a cuál de las personas anteriores se refiere; el texto literal no identifica si se aplica solo al Presidente, solo al Vicepresidente o a ambos. Reuniones, quórum y votación: La Junta Directiva se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente o el Vicepresidente. Las sesiones se celebrarán en el domicilio social. Habrá quórum con dos de sus miembros. Sus resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de los votos presentes y, en caso de empate, decidirá el Presidente. Cambio de Secretario: Además de la reforma del Artículo Sétimo, el aviso notifica que se revocó el nombramiento como Secretario y que se acordó la sustitución del mismo por el resto del período de la sociedad. Ámbito y destinatarios: La comunicación afecta a la propia sociedad Paso Comercial Arias Sociedad Anónima (cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y dos mil doscientos setenta) y, en particular, a la organización y facultades de su Junta Directiva y al cargo de Secretario. Fuente y pista documental: la información proviene del aviso notarial publicado en La Gaceta (IN202601124750) y del texto de la escritura protocolizada ante notaría, tal como se transcribe en el aviso. El documento tampoco explica explícitamente si la expresión “Dicho personero” se refiere únicamente al Presidente, únicamente al Vicepresidente o a ambos; por tanto, esa ambigüedad permanece en la evidencia y no se resuelve aquí.

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Publicacion30 de septiembre de 2026
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