Solicitud de inscripción de marca de servicios N.º 2026-0010782 para servicios de cafetería y bebidas
La Gaceta publicó un edicto que registra la Solicitud Nº 2026-0010782 presentada por Emmanuelle Orlando Elizondo Barboza para inscribir como marca de servicios un signo en la clase(s) 43 internacional(es). La publicación documenta la solicitud; no concede la marca. La publicación cita el trámite de publicidad para posibles oposiciones.
El solicitante indica que la marca se aplicará, en la clase 43, a “servicios de cafetería; preparación y suministro de bebidas a base de café; servicios de catering de bebidas.” Además, el solicitante reserva los colores rojo y beige como parte del signo. El edicto dice que, según el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”.
La solicitud fue presentada el 27 de agosto de 2026. En el cuerpo del edicto aparece la fecha 8 de septiembre de 2026, que se asocia al documento. El texto publicado en el edicto contiene la fecha 8 de septiembre de 2026.
El edicto cita a terceros interesados para que “defender sus derechos” y hacerlos valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, quienes consideren que la solicitud afecta sus derechos tienen ese plazo para presentar oposiciones o acciones ante el Registro, según lo dispuesto en el edicto.
El edicto incluye la referencia al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y reproduce su advertencia: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Ese mensaje indica un límite reconocido por la ley sobre hasta dónde puede llegar la protección de una marca compuesta; el edicto pone esa frase como parte de la información sobre la solicitud.
El documento notifica la presentación de la solicitud y contiene las condiciones y reservas que el solicitante declara (servicios, colores) y las advertencias legales citadas. El edicto no establece en sí la concesión de la marca ni resuelve sobre oposiciones; documenta la solicitud y activa el plazo de dos meses para que terceros actúen ante el Registro. La publicación incluye la firma de la registradora (Milena Marín Jiménez) y el código entre paréntesis ( IN202601126499 ).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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