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La GacetaContrataciones publicas28 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Reglamento (proyecto) de audiencias públicas presencial y virtual para el Plan Regulador del casco urbano de Quepos — aprobado como proyecto y sometido a consulta pública

El Concejo Municipal de Quepos aprobó, como proyecto, el “Reglamento de Audiencias Públicas Presencial y Virtual para el Proyecto PLAN REGULADOR DEL CASCO URBANO DE QUEPOS” mediante el Acuerdo N° 32 (sesiones ordinarias N° 186-2026 y 187-2026). El Concejo instruyó gestionar su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y someterlo a una consulta pública no vinculante por diez días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación. También dispuso que las observaciones recibidas sean sistematizadas y trasladadas para recomendación final antes de su aprobación definitiva. Fuente oficial señalada: La Gaceta (MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE QUEPOS — SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL).\n\nObjeto y alcance del reglamento: El reglamento regula el procedimiento para realizar la audiencia pública presencial y virtual relacionada con la modificación del Plan Regulador del Casco Urbano de Quepos. Señala principios (publicidad, participación ciudadana, accesibilidad e inclusión) y establece que la exposición de la propuesta deberá hacerse de forma presencial; la modalidad virtual será una herramienta adicional. La audiencia se celebrará como sesión extraordinaria del Concejo Municipal y se transmitirá en vivo.\n\nConvocatoria, lugar y documentos: La convocatoria debe publicarse en el Diario Oficial y otros medios, indicando lugar, fecha y hora, con antelación no menor de quince días hábiles. El Concejo puede convocar la sesión en un local distinto a la sede municipal si es necesario para los intereses de los vecinos; el lugar elegido debe ser apto, avalado por autoridades competentes y cumplir las directrices del Ministerio de Salud, incluyendo el aforo máximo. La audiencia virtual se realizará mediante un “evento en directo” en la plataforma Zoom (transmisión de audio y video, grabación, registro de asistencia y chat). El chat de Zoom será el canal oficial para participar en la modalidad virtual. También se transmitirá por Facebook Live, pero quienes sigan por redes sociales serán meros espectadores sin participación oficial. Para participar por Zoom las personas deberán llenar un formulario en el sitio web municipal indicando nombre, número de cédula u otro documento de identidad en caso de extranjeros (DIMEX, cédula de residencia, pasaporte, etc.) y correo electrónico; luego se les remitirá el enlace. Ese registro sirve para contabilizar la capacidad de la plataforma; quien no se registre podrá solicitar el enlace el día del evento y podrá ingresar solo si la plataforma tiene espacio. Durante la reunión virtual, las preguntas o comentarios se remitirán por escrito en el chat; cada intervención debe indicar nombre completo, número de identificación y correo electrónico; las participaciones que no incluyan esos datos se tendrán por no válidas.\n\nModalidad presencial, inscripción y aforo: Para participar presencialmente las personas deberán enviar un correo a la dirección que la Municipalidad publique, indicando nombre, número de cédula u otro documento de identidad en caso de extranjeros e información de contacto. Quienes no puedan usar medios electrónicos podrán remitir carta a la Unidad de Control Constructivo y Planificación Urbana con los mismos datos y medio para recibir notificaciones. La Municipalidad responderá desde un correo del dominio muniquepos.go.cr o por el medio señalado, asignando un número de asiento o indicando que no puede ser admitido porque el aforo se completó. El ingreso al local será permitido con una hora de anterioridad, mostrando documento de identificación para comprobar la inscripción; si el aforo está completo no se permitirá más ingreso. Si en la inscripción previa no se completa el aforo, los lugares remanentes se habilitarán para personas que se presenten el día sin previa inscripción. No se permitirá la presencia de personas sin cupo en las afueras del recinto para mantener libre el acceso de vehículos y autoridades de emergencia.\n\nDesarrollo de la audiencia: La Presidencia del Concejo pasará lista y comunicará las reglas y etapas. El equipo consultor expondrá el proyecto mostrando su pantalla para que los asistentes la observen; en la transmisión virtual también se mostrará la pantalla compartida. La Secretaría del Concejo podrá habilitar un periodo previo (hasta diez días hábiles antes de la audiencia) para recibir preguntas, consultas u observaciones; ese plazo finalizará al menos 5 días hábiles antes de la audiencia. Las consultas previas serán tabuladas en un cuadro sinóptico que se leerá en la audiencia después de la exposición. Durante la audiencia, las preguntas por escrito se entregarán a funcionarios designados y éstos emitirán un recibo; para intervenir oralmente las personas deberán anotarse en un listado y su orden de uso de la palabra corresponderá al número de asiento asignado; la Presidencia fijará el tiempo de cada intervención. Antes de formular la pregunta cada persona debe indicar su nombre completo y la intervención quedará grabada al menos en audio.\n\nParticipación del Concejo y control del orden: Los integrantes del Concejo tendrán asientos numerados y podrán formular preguntas u observaciones concretas una sola vez, con un tiempo máximo de 5 minutos por persona. La Presidencia podrá conceder o retirar la palabra a quien haga uso de ella sin permiso o se exceda en sus expresiones, conforme al Código Municipal.\n\nRespuestas y posterioridad: Finalizado el periodo de preguntas en la audiencia, el equipo consultor responderá las preguntas necesarias para facilitar la comprensión del proyecto; las preguntas de contenido técnico serán contestadas posteriormente en el informe final de la audiencia. Se recibirán ampliaciones de preguntas u observaciones formuladas durante la audiencia hasta ocho días hábiles después de la sesión, en la dirección de correo que se habilite y publique.\n\nInforme final y registro: La Municipalidad, mediante sus unidades técnicas competentes, debe emitir un criterio oficial respecto de cada observación, señalando cuáles se estima procedente incorporar y cuáles se aconseja desestimar, con su sustento técnico-legal. Toda desestimación debe estar debidamente motivada, técnicamente fundamentada, incorporada al expediente administrativo y firmada por el funcionario competente. Ese informe será conocido por el Concejo y publicado en el sitio web de la Municipalidad. La Sesión quedará registrada en acta; se tomará video y audio de la sesión y la grabación será conservada en el Archivo Municipal.\n\nVigencia y transitorio: El reglamento establece un transitorio que dice que los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigencia continuarán rigiéndose por la normativa vigente al iniciarlos. La vigencia se fija así: “Rige a partir de su publicación.”\n\nObservación sobre el estado jurídico y trámite: El documento publicado en La Gaceta se presenta y registra como un proyecto aprobado por el Concejo y sometido a una consulta pública no vinculante por diez días hábiles. El Concejo pidió que las observaciones se sistematicen y se trasladen a la Administración, Asesoría Jurídica y Comisión de Gobierno y Administración para recomendación final antes de su aprobación definitiva. Esta explicación se basa únicamente en el texto publicado en La Gaceta (MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE QUEPOS — SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL) y no añade hechos que no estén en ese texto.

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