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La GacetaSalud28 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de inscripción de marca de servicios (Clase 44) presentada por 3102944314 S.R.L., representada por apoderado

La Gaceta publica una solicitud para inscribir una marca de servicios. La fecha consignada en la solicitud es 7 de septiembre de 2026 y la presentación se registró el 4 de septiembre de 2026.

Se solicita la inscripción como marca de servicios en la clase internacional 44. Los servicios que se indican textualmente en la solicitud, en clase 44, son: “Terapia cognitiva-conductual TCC, terapia psicológica para niños, terapia ocupacional, servicios médicos, test psicológicos con fines médicos.” La solicitud incluye una reserva de colores: azul y rojo. Según lo informado en el edicto, y “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir, la protección solicitada se limita a la forma gráfica y los elementos tal como fueron presentados.

El edicto cita a terceros interesados para que, si lo estiman, hagan valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. En el propio texto se indica que, a efectos de publicación, se atendió lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. En el edicto también se reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Ese párrafo aparece como límite legal que forma parte de la publicación.

La protección solicitada se reclama solo en la forma y colores indicados (azul y rojo) y para los servicios enumerados en la clase 44. El edicto contiene la advertencia legal del artículo 28 de la Ley 7978 sobre que, si la marca es un conjunto de elementos o etiqueta, no se extenderá la protección a los elementos de uso común o necesario en el comercio; ese texto está incluido en la publicación y constituye un límite legal referido en el propio edicto. La publicación invita a terceros a defender sus derechos dentro del plazo señalado; el edicto no decide aún la concesión o denegación de la marca: registra la presentación y abre el plazo para oposiciones. Si alguna frase del texto oficial resulta ambigua para efectos legales, la evidencia proporcionada es la citada en La Gaceta y no se añade ni interpreta información externa.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion28 de septiembre de 2026
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