Solicitud de inscripción como marca de fábrica y comercio N° 2026-0010496 (clase 9)
El documento publicado en La Gaceta es una solicitud de registro de marca número 2026-0010496. No es la concesión de la marca; es la presentación de una petición ante el Registro. La solicitante es Melissa Ivana Mora Martin, en calidad de Apoderado Especial de Impesa IP International Company, LTD, con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados. El Registrador que firma el aviso es Viviana Quesada Morales y el código interno consignado es IN202601126050.
Se solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en la(s) clase(s) 9 internacional(es). En la clase 9 la solicitud identifica concretamente “Un software y tarjetas de crédito.” La solicitud incluye la reserva expresada “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto significa que la protección que solicitan se limita a la forma en que el signo fue presentado en la solicitud, tal como lo exige ese reglamento.
La solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026 y aparece con fecha 1 de septiembre de 2026 en el aviso. El edicto cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. En este aviso la primera publicación figura como 1 de septiembre de 2026, por lo que el plazo de oposición comienza a contarse desde esa fecha.
El aviso indica que “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.” Además, reproduce el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (mencionado en el texto) que dispone: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estas referencias legales establecen límites a la protección que puede otorgarse a signos compuestos o a elementos de uso común.
Terceros que crean que la solicitud vulnera sus derechos pueden presentarse ante el Registro dentro del plazo de dos meses contados desde la primera publicación del edicto (1 de septiembre de 2026). No se aportan en el aviso datos sobre el diseño exacto del signo ni imágenes: la protección se solicita “tal y como aparece en la solicitud”, por lo que la forma concreta del signo remitido al Registro es relevante pero no aparece en este texto publicado.
La descripción de bienes se limita a “Un software y tarjetas de crédito” para la clase 9; no hay mayor detalle sobre funciones, variantes, alcance comercial, o territorial más allá de la referencia a la clase internacional.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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