Solicitud de registro de la marca HANDS DOWN (clase 18)
La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0010685 presentada para inscribir la marca HANDS DOWN como marca de fábrica y comercio en la clase(s) internacional(es) 18. La publicación informa los datos del solicitante, el producto que se busca proteger y las condiciones que acompañan la solicitud.
La solicitud fue presentada por Anel Michelle Aguilar Sandoval, en calidad de Apoderado Especial de AZUROUS, INC., con domicilio en 5950 Canoga Avenue, Suite 610, Woodland Hills, CA 91367, Estados Unidos de América. Se solicita la inscripción de HANDS DOWN para distinguir "Mochilas" en la clase 18.
En el edicto aparecen las siguientes fechas textuales: Prioridad: Fecha: 2 de septiembre de 2026. Presentada el: 26 de agosto de 2026. La publicación en La Gaceta está fechada 2 de septiembre de 2026. El texto muestra ambas fechas tal cual; la evidencia no explica ni aclara la relación entre la fecha de prioridad y la fecha de presentación.
El aviso cita que se "cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto." Es decir, según el edicto, existe un plazo de dos meses desde la primera publicación para que terceros ejerzan las acciones que correspondan ante el Registro. El edicto no detalla en sí qué trámites o requisitos concretos deben cumplir esos terceros ni qué efectos tendrá su actuación; la evidencia se limita a señalar el plazo.
El edicto incluye una reserva sobre la forma de protección: "De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud." También reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio". Estos pasajes indican límites formales al alcance de la protección según cómo sea la marca y sus elementos; la evidencia no dice más sobre la aplicación práctica a este caso concreto.
El documento publicado es un edicto de solicitud con los datos y reservas que se citan arriba. La evidencia contiene una aparente incongruencia entre la fecha de prioridad y la fecha de presentación (prioridad: 2 de septiembre de 2026; presentada el: 26 de agosto de 2026); la publicación muestra ambas fechas pero no explica cuál debe considerarse válida. Por tanto, no es posible concluir, con la sola evidencia aquí reproducida, cuál es la fecha de prioridad aplicable ni otros efectos administrativos que no estén expresamente consignados en el texto.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.