Solicitud de inscripción de Marca de Servicios N.º 2026-0010666: servicios de estacionamiento y alquiler de garajes (clase 39)
Manuel Antonio Bermúdez Vargas solicitó la inscripción como Marca de Servicios bajo la Solicitud N.º 2026-0010666. La solicitud fue presentada el 26 de agosto de 2026 y tiene fecha 3 de septiembre de 2026 en el edicto publicado en La Gaceta. El documento registrado no concede la marca; registra la petición y publica un edicto para que terceros interesados puedan defender sus derechos.
El solicitante pide protección, textualmente, en la clase 39 (clasificación internacional) para “servicios de alquiler de plazas de estacionamiento, servicios de estacionamiento de todo tipo de vehículos, alquiler de garajes”. Además, la solicitud declara reservas de color para la marca: negro, dorado y blanco.
El edicto indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Es decir, la protección solicitada queda limitada a la representación del signo tal como fue presentada en la solicitud, según la misma declaración del registro.
El edicto reproduce también el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (Ley 7978): “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. La publicación incluye esta disposición literal, pero la evidencia no explica si o cómo se aplica al signo objeto de la solicitud.
La fecha consignada en el edicto es 3 de septiembre de 2026. El registrador que firma el edicto está identificado como Richard Valerín Castro. La fuente oficial de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional); el edicto figura en el registro con referencia IN202601125762.
El documento es una solicitud publicada como edicto; no constituye concesión ni inscripción definitiva de la marca. Si la solicitud incluye una etiqueta o conjunto de elementos, la aplicación del artículo 28 de la Ley 7978 podría limitar la protección a elementos no comunes en el comercio, pero la evidencia no permite concluir si eso ocurre en este caso.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.