Disolución y nombramiento de liquidador de la sociedad HDM TRES UNO ESTE ROJO LIMITADA
Esa decisión se indica como tomada de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio.
El mismo acta, protocolizada ante notario, dispone el nombramiento de un liquidador con el fin de liquidar la sociedad, referido conforme al artículo doscientos catorce del Código de Comercio.
El acta fue protocolizada por el Notario Público Rolando González Calderón mediante escritura otorgada el 27 de agosto del 2026 a las 14:30. El aviso aparece publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) con la referencia IN202601123874 y fue publicada una vez.
A partir del texto publicado se puede afirmar que se adoptó la decisión de disolver la sociedad en la fecha y hora indicadas y que se nombró a un liquidador para proceder a la liquidación, con referencia a los artículos del Código de Comercio mencionados. No se puede afirmar, con base solo en este aviso, quién es el liquidador ni cómo se ejecutará la liquidación (por ejemplo, plazos, procedimiento, dirección para notificaciones, forma de pago de pasivos, inventario de bienes u otras condiciones operativas) porque esa información no aparece en el texto publicado.
El aviso cita los artículos del Código de Comercio pero no reproduce su texto ni explica en qué términos se aplicaron al caso; por tanto no es posible, con la sola evidencia aquí publicada, detallar obligaciones legales específicas derivadas de esos artículos ni su alcance práctico en esta situación concreta. Si esas precisiones existen en el acta completa o en otros documentos no incluidos en este aviso, no constan en la publicación de La Gaceta que sirve como evidencia.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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