Reforma estatutaria: gerente con poder de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma en la sociedad 3-102-948027
La reforma establece que la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al único gerente, otorgándole las facultades de “Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma”.
La decisión afecta a esa sociedad y al único gerente nombrado. Según el texto, la representación judicial y extrajudicial —es decir, la facultad para actuar en nombre de la sociedad tanto en tribunales como frente a terceros— queda atribuida exclusivamente al gerente. El poder otorgado se describe como “Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma”, frase que en el documento indica que no hay un tope monetario expresado dentro de esa descripción para las facultades conferidas. El documento no añade más detalles sobre límites, condiciones adicionales, ni sobre si se conservan otras firmas o autorizaciones internas.
El acuerdo se celebró el 7 de agosto del 2026 a las 10 horas. La reforma fue protocolizada ante el Notario Carlos Mattey Mora. El aviso apareció publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional) y el registro en la publicación trae la referencia ( IN202601123622 ).
Sobre esas cuestiones el documento es silencioso; por ello no puede afirmarse nada que no figure literalmente en el aviso.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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