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La GacetaRegulacion28 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Protocolización de reforma del domicilio social de la sociedad de responsabilidad limitada Cuotistas 3- ciento dos- nueve uno nueve ocho ocho tres

Ante una notaría se protocolizó un acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad de responsabilidad limitada identificada como tres- ciento dos- nueve uno nueve ocho ocho tres. En esa acta se acordó reformar la cláusula número tres del pacto constitutivo con el fin de actualizar el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La protocolización quedó registrada con la referencia ( IN202601123436 ).

La escritura que contiene la protocolización es la número cuarenta y es visible al folio veintitrés frente a folio veintitrés vuelto, del tomo dos. Según el texto, la escritura se otorgó "a las diez horas cincuenta minutos del día veintiséis del mes de agosto del año dos mil veintiséis." La constancia incluye además la frase: "Ciudad de Rita, a las diez horas y treinta minutos del día veintisiete del mes de agosto del año dos mil veintiséis." La notaria que firma la constancia es Lcda. Andrea lucía Ortiz Cubero, Notaria Pública.

Lo que el documento registra es la reforma acordada a la cláusula número tres del pacto constitutivo para actualizar el domicilio social. El texto indica que la reforma se hace "conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete." El acta quedó protocolizada ante notaría y publicada como aviso en La Gaceta (Imprenta Nacional), en la edición del 28/09/2026 según la referencia proporcionada.

Además, hay una diferencia aparente entre las dos indicaciones horarias citadas: una señala "a las diez horas cincuenta minutos del día veintiséis del mes de agosto del año dos mil veintiséis" como momento de otorgamiento de la escritura, y otra indica "Ciudad de Rita, a las diez horas y treinta minutos del día veintisiete del mes de agosto del año dos mil veintiséis." Esa diferencia de fechas y horas aparece en el texto suministrado y no permite deducir, sin información adicional, si se trata de una anotación complementaria, de la fecha de inscripción en la notaría u otra formalidad.

Según la evidencia, lo que consta es el acuerdo de la asamblea y su protocolización.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion28 de septiembre de 2026
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