Aviso de inscripción en trámite: reforma de estatutos de la Asociación para el Desarrollo de Programas de Juventudes Costa Rica Puede
El aviso indica que, según el registro, la reforma “cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.”
Esta publicación afecta a cualquier persona que tenga interés en o reparos sobre la inscripción de esa reforma estatutaria. El Registro emplaza a “cualquier interesado” a que formule reparos a la inscripción en trámite dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de esta publicación.
El texto declara cumplimiento con los requisitos de la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. El emplazamiento para presentar reparos es por 15 días hábiles desde la publicación del aviso. El documento consignado en el aviso aparece con los datos Tomo: 2026 y Asiento: 689301, y en el texto figura la fecha Registro Nacional, 08 de septiembre de 2026.
El texto notifica que la reforma fue recibida “para su inscripción” y establece el trámite de emplazamiento para formular reparos. El aviso no presenta en el fragmento evidenciado una resolución definitiva de inscripción ni describe pasos posteriores, recursos administrativos, ni el resultado final del trámite.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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El aviso indica que, según el registro, la reforma “cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.”
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