JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL INSTITUCIÓN BENEMÉRITA Cementerio Metropolitano de Pavas PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ A las siguientes personas se les solicita que se comuniquen con la Administración de Camposantos de la Junta de Protección Social, en virtud de que el contrato suscrito con la institución en su cláusula cuarta señala: Cuarta: El no pago por 3 meses consecutivos de las obligaciones contraídas por el (la) arrendatario (a) según las cláusulas de este contrato de arriendo, da derecho a la Junta para rescindir el contrato sin previo aviso, disponiendo la Junta de la cripta para un nuevo destino conforme a las disposiciones que rigen la materia, asimismo, los dineros recibidos por pagos anteriores quedan a favor de la Junta por lo pactado en esta cláusula y el (la) arrendatario (a) manifiesta su conformidad. Por lo anterior, a las personas interesadas, se les otorga un plazo de 10 días hábiles para regularizar sus obligaciones o de lo contrario se procederá a resolver el contrato.
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