Delegación de la firma del Ministro de Salud para trámites de habilitación y permisos sanitarios de los CEN‑CINAI
El Acuerdo Ministerial N° MS‑DM‑MF‑5244‑2026, firmado por el Dr. Alexander Sánchez Cabo, Ministro de Salud, delega la firma del Ministro en los Directores Regionales de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y Centros Infantiles de Atención Integral. La delegación es para que esos Directores Regionales "suscriban los documentos de solicitud de trámite para las Habilitaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento de los CEN‑CINAI". El propósito declarado es dar trámite más expedito a esos procesos, en cumplimiento de los principios de eficiencia y celeridad de la Administración Pública. Fuente: publicado en La Gaceta (Ministerio de Salud).\n\nAlcance y límites: La delegación se limita únicamente a la suscripción de los documentos de solicitud de trámite para Habilitaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento de los CEN‑CINAI. El acuerdo reproduce la precisión legal citada en el propio texto: conforme al artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública, el delegante (el Ministro) sigue siendo el único responsable y el delegado se limita a firmar lo que haya resuelto el delegante. El acuerdo no extiende la delegación a otros tipos de decisiones ni documentos: la evidencia disponible sólo autoriza la firma en el tipo de trámites indicado.\n\nPersonas designadas: El documento incluye una lista de las personas que, según el texto, son los Directores Regionales autorizados para esa firma. La copia del acuerdo que consta en la evidencia presenta la lista en un bloque donde aparecen regiones, nombres y números de cédula, pero en el formato disponible varias entradas están concatenadas o desordenadas. Reproduzco el bloque tal como aparece en la evidencia: "Cédula de Región Director (a) Regional Identidad Huetar Norte Yesenia Araya Huertas 2-0490-0963 Huetar Caribe Heidy Castro Herrera 1-0777-0783 Chorotega Johanna Vargas Herrera 1-0861-0561 Central Sur Durbin Valderrama Garita 3-0305-0907 Brunca Mario Font Mora 1-0942-0370 Pacífico Central Ying Cheng Guevara 1-1068-0970 Central Yamileth Vega Arce 2-0424-0951 Occidente Lilliam Rocío Flores Central Este 1-0544-0253 Chinchilla Sonia Camacho Central Norte 1-0413-1126 Fernández." A partir de ese bloque, no es posible, con seguridad y sin introducir interpretaciones, asignar de forma inequívoca cada número de cédula al nombre y a la región; la evidencia está incompleta o desordenada en ese punto.\n\nVigencia y efectos formales: El Artículo 2 deja sin efecto el Acuerdo Ministerial N° MS‑DM‑MF‑3739‑2024 del 23 de julio de 2024 (publicado en La Gaceta N° 162 del 3 de setiembre de 2024, según metadatos). El Artículo 3 dispone: "Rige a partir de esta fecha." El documento fue dado en San José, a los 25 días del mes de agosto del 2026, y se publicó en La Gaceta (ver la URL oficial en la evidencia).\n\nFundamento legal citado: El acuerdo cita como base la Constitución Política (artículo 140 inciso 20), artículos de la Ley N° 6227 (Ley General de la Administración Pública), la Ley N° 8809 (Ley de Creación de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral) y la Ley N° 8017 (Ley General de Centros de Atención Integral). También invoca un dictamen de la Procuraduría General de la República (Dictamen C‑171‑95 del 7 de agosto de 1995) sobre la materia de delegaciones.\n\nPrecisión sobre responsabilidades y límites normativos: El propio texto recuerda que la delegación de firma, según el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública, no transfiere la responsabilidad: el Ministro sigue siendo el único responsable de lo resuelto; el delegado se limita a firmar. Donde el texto está incompleto o ambiguo, lo indico tal cual y no lo interpreto. La fuente oficial de este documento es La Gaceta (Ministerio de Salud), publicación referencia en la evidencia proporcionada.
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