Aviso de solicitud de inscripción de reforma estatutaria de la Asociación de Desarrollo Integral de Zarcero de Alajuela
La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO) publica un aviso que informa la solicitud de inscripción de reformas al estatuto de la Asociación de Desarrollo Integral de Zarcero de Alajuela, código de registro 972. El aviso no dice que las reformas ya estén inscritas; informa que se presentó la solicitud y abre un plazo para que se formulen reparos sobre la inscripción en trámite.
El aviso transcribe las redacciones propuestas para dos artículos del estatuto. Artículo 20: dispone que la junta directiva dirige y orienta la marcha de la asociación atendiendo la Ley 3859, su reglamento, el estatuto y los acuerdos de las asambleas; indica que la junta estará integrada por siete miembros como mínimo (un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres vocales), que se nombrarán en la asamblea por votación secreta, individual y por mayoría cuando haya más de un candidato; que además se nombrarán tres suplentes cuya función será suplir por el resto del período la ausencia definitiva de cualquier miembro de la junta directiva, excepto que el presidente será sustituido por el vicepresidente; que la directiva durará dos años consecutivos en sus funciones y que sus miembros podrán ser reelectos indefinidamente. Artículo 34: señala que la fiscalía es el órgano de supervisión compuesto por un fiscal; que la fiscalía será nombrada por la asamblea general por el mismo período de la junta directiva; que quien ocupe la fiscalía debe cumplir con los mismos requisitos que exige el reglamento a la Ley 3859 para ser miembro de la junta directiva; que el fiscal podrá ser reelecto indefinidamente de la misma forma que la junta directiva; y que el cargo es revocable, personal e indelegable.
La Dirección afirma que la reforma es visible en folio 180-181 del libro de actas de la organización comunal en mención y que, según el acta, la modificación fue aprobada en asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 24 de noviembre del 2025.
En cumplimiento de los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859, el aviso emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación del aviso, a cualquier persona —pública o privada— y en especial a la Municipalidad, para que formulen por escrito los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, dirigiéndolos a la Dirección Legal y de Registro de DINADECO. El aviso reproduce la constancia administrativa con fecha "San José, a las catorce horas del veintiséis de febrero del dos mil veintiséis" y la firma del Departamento de Registro (Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa) tal como aparece en el texto.
El inicio del cómputo de los ocho días hábiles depende de la fecha de publicación del aviso; el texto indica que el plazo corre "a partir de la publicación de este aviso". La fuente oficial de este aviso es La Gaceta, sección de la Dirección Nacional de Desarrollo — De la Comunidad, y el texto completo aparece en el folio digital y en el libro de actas referido (folio 180-181).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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