Solicitud de inscripción como Marca de Servicios presentada por Comercial Farmacéutica LEISA S. A.
Se trata de un aviso de solicitud de marca de servicios (Solicitud N° 2026-0006901) publicado en La Gaceta. No es una concesión ni una resolución de registro; es la publicación de una solicitud hecha ante el Registro de Marcas.
En la solicitud el solicitante indica expresamente:
Venta de alimentos.
Distribución de alimentos.
El edicto contiene las siguientes precisiones extraídas del propio texto oficial:
De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Esto significa que la protección reclamada queda limitada a la forma gráfica presentada en la solicitud, según lo establece ese artículo del reglamento.
El aviso indica que la solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, y cita textualmente que “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita funciona como una limitación legal sobre la extensión de la protección reclamada.
La solicitud fue presentada el 25 de junio de 2026; en el texto aparece también la fecha 13 de agosto de 2026. El edicto cita que se convoca a terceros interesados a “defender sus derechos” ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Para la publicación se ordena tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Si alguna persona considera que sus derechos pueden verse afectados por esta solicitud, el documento convoca a presentar la defensa de esos derechos ante el Registro dentro del plazo de dos meses contado desde la primera publicación del edicto.
Este aviso informa sobre la existencia de la solicitud y sus condiciones formales tal como aparecen en el expediente. La protección solicitada está limitada a la representación gráfica de la marca tal como fue presentada y a lo que permiten los artículos citados (art. 18 del Reglamento y art. 28 de la Ley). El edicto fue firmado por la registradora Milena Marín Jiménez y tiene el identificador (IN202601124174).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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Se trata de un aviso de solicitud de marca de servicios (Solicitud N° 2026-0006901) publicado en La Gaceta. No es una concesión ni una resolución de registro; es la publicación de una solicitud hecha ante el Registro de Marcas.
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