Reforma a la Cláusula de la Representación, de la Sociedad con Razón Social y Cédula Jurídica número: tres – uno cero dos – nueve uno ocho nueve siete tres S.R.L.
Lo que registra la evidencia es una reforma a la “Cláusula de la Representación” de una sociedad cuyo nombre no aparece en el texto reproducido, pero sí su cédula jurídica escrita como “tres – uno cero dos – nueve uno ocho nueve siete tres S.R.L.”. Según el aviso, esa reforma fue acordada en la Asamblea Extraordinaria número uno, celebrada a las doce horas del veintiuno de julio del dos mil veintiséis. El acto consta ante notaría el veintiocho de agosto del dos mil veintiséis y lo firma el Notario Público Lic. Franklin Salazar Arce. El aviso apareció una vez en La Gaceta y lleva la referencia (IN202601122625).
Por eso, no es posible, con la evidencia que se muestra, explicar qué cambia exactamente, qué poderes se otorgan o limitan, quiénes quedan facultados para representar a la sociedad, ni cuáles son los efectos jurídicos o prácticos de la modificación.
1) que hubo una Asamblea Extraordinaria Nº 1 el 21/07/2026 a las 12:00 que aprobó una reforma a la cláusula mencionada; 2) que el acto quedó consignado ante notario el 28/08/2026 por el Lic. Franklin Salazar Arce; y 3) que el aviso de ese hecho se publicó en La Gaceta (referencia IN202601122625). Todo lo demás relativo al contenido, alcance, condiciones, límites y efectos de la reforma no consta en el fragmento entregado, por lo que cualquier detalle adicional sería conjetura y no puede incluirse aquí según la evidencia.
Si necesita conocer el texto exacto de la reforma o sus efectos prácticos, la evidencia sugiere como pasos la consulta del documento completo en la URL publicada de La Gaceta o la búsqueda de la escritura notarial correspondiente en la notaría del Lic.
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