Protocolo en notaría de reforma de la cláusula sobre Junta Directiva y representación de la sociedad TRES-CIENTO UNO-NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CUARENTA, S.A.
El documento registra que, ante la notaría pública de Hugo Alberto Corella Agüero (Carné 15250), mediante la escritura número veintiséis se protocolizó (registró formalmente) el acta de una Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada “TRES-CIENTO UNO-NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CUARENTA, SOCIEDAD ANÓNIMA”. En esa asamblea se acordó reformar la cláusula del pacto constitutivo relativa a la Junta Directiva y a la representación de la sociedad.
La protocolización se hizo en la notaría indicada el día veintiséis de agosto del dos mil veintiséis, a las quince horas. El asiento donde aparece la escritura es el folio veinte, frente, del tomo catorce. La persona jurídica tiene la cédula número tres–ciento uno–novecientos treinta y cinco cuarenta. El registro en La Gaceta aparece con la referencia (IN202601122438).
El registro deja constancia de que hubo acuerdo para reformar la cláusula que regula la Junta Directiva y la representación en el pacto constitutivo de la sociedad. Por tanto, no es posible afirmar qué efectos concretos produce la reforma en la organización o en los poderes de representación de la sociedad.
Los datos concretos que aporta la evidencia son la fecha y hora de la protocolización (26 de agosto de 2026, 15:00), el número de escritura (veintiséis), la localización en los libros notariales (folio veinte, frente; tomo catorce) y el notario que protocolizó el acta (Lic. Hugo Alberto Corella Agüero, Carné 15250). No existen en este texto plazos de vigencia de la reforma, condiciones adicionales ni límites al acuerdo; si esos elementos existen, deben buscarse en la redacción completa de la cláusula reformada o en el texto íntegro de la escritura, que no se incluye en la evidencia.
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Documento oficial
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