Protocolización de acta de asamblea extraordinaria que reforma la cláusula séptima de representación de Monteroca SC S.A.
Por escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada ante la notaría indicada a las catorce horas del veintiocho de julio del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de una Asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Monteroca SC S.A., cédula tres- ciento uno-tres cinco dos cinco seis cinco. En esa acta se acordó reformar la cláusula setima de representación.
El documento publicado registra además que el trámite de protocolización tuvo lugar en Heredia, a las doce horas veinticuatro minutos del treinta y uno de julio del año dos mil veintiséis. La fe pública del acto consta con la identificación de la notaria: Lic. Dixiana Obando Quirós.
La evidencia muestra la existencia del acuerdo y su protocolización, pero no reproduce el texto exacto de la reforma a la cláusula séptima ni detalla su contenido. Si necesita conocer el texto concreto de la modificación o su efecto frente a terceros, la evidencia obliga a consultar la escritura completa o el acta protocolizada en la notaría o el expediente registral correspondiente.
El documento publicado es un aviso de protocolización. La información que contiene se limita a: identificación de la escritura (número), fecha y hora de otorgamiento, la sociedad afectada con la cédula tal como aparece en la publicación, la decisión tomada en la asamblea (reformar la cláusula séptima de representación), lugar y hora de protocolización y el nombre de la notaria que protocolizó. Donde el texto de la evidencia está incompleto respecto al contenido del cambio o a efectos posteriores, lo indicado en este resumen es prudente y se ciñe únicamente a lo que la evidencia muestra.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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