Solicitud de registro de marca para ropa deportiva (Clase 25) presentada por Gipsi Paola Mayorga Martínez
Gipsi Paola Mayorga Martínez solicitó la inscripción de una Marca de Comercio en la clase 25 (bien descrito en la solicitud como “Ropa deportiva”). La solicitud aparece publicada en un edicto en La Gaceta y en el expediente del Registro con el código IN202601124906. El Registrador que firma el aviso es Walter Alfaro González.
En el texto de la solicitud constan las fechas siguientes: “Presentada el: 21 de agosto de 2026” y “Fecha: 1 de septiembre de 2026”. El edicto también aparece publicado en La Gaceta con fecha 23/09/2026 según la referencia del aviso.
El edicto cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro “dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto”. Debido a la evidencia disponible aquí, no puede determinarse de manera segura si ese plazo debe contarse desde el 1 de septiembre de 2026 o desde la fecha de publicación en La Gaceta (23/09/2026). La información pública que se proporciona no indica explícitamente cuál de esas fechas es la que inicia el cómputo; por tanto, cualquier cálculo del vencimiento del plazo requerirá verificar cuál fue la primera publicación oficial del edicto.
La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que establece que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Esto significa que la protección reclamada corresponde al signo en la forma gráfica o textual presentada en el expediente; la publicación no extiende la protección a variantes que no aparezcan en la solicitud. Además, el aviso indica que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (Ley 7978), cuyo texto citado en el documento establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Ese fragmento señala un límite legal: elementos de uso común o necesarios en el comercio dentro de marcas compuestas no quedan protegidos por la marca en sí.
La publicación del edicto inicia el trámite público mediante el cual terceros pueden presentar oposiciones o alegar derechos frente a la solicitud, dentro del plazo legal indicado en el edicto. La evidencia documenta la presentación, la fecha consignada en el expediente, la clase de productos solicitada (25 — Ropa deportiva), la reserva sobre la forma del signo y la referencia normativa que limita la protección en casos de marcas compuestas.
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Gipsi Paola Mayorga Martínez solicitó la inscripción de una Marca de Comercio en la clase 25 (bien descrito en la solicitud como “Ropa deportiva”). La solicitud aparece publicada en un edicto en La Gaceta y en el expediente del Registro con el código IN202601124906. El Registrador que firma el aviso es Walter Alfaro González.
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