La Gaceta
La GacetaRegulacion23 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación de inicio y ampliación de medida cautelar de cuido provisional en expediente OLPZ-00224-2013

La Resolución de las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día seis de julio del año dos mil veintiséis da inicio a un proceso especial de protección con medida cautelar de cuido provisional. La Resolución de las quince horas con treinta minutos del día cinco de agosto del año dos mil veintiséis mantiene y amplía esa medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad identificada en el documento como "A.D.B.P" (el texto lo presenta sin espacio: menor de edadA.D.B.P).

Se concede audiencia por cinco días hábiles para que la persona notificada presente alegatos y ofrezca pruebas que estime necesarias. Se le advierte del derecho a asesorarse y representarse por abogado y técnicos de su elección. Se indica además que podrá consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a disposición en la Oficina Local de Pérez Zeledón, ubicada "400 metros oeste del Banco Nacional que esta frente al Parque de San Isidro", en días y horas hábiles.

La notificación solicita que se señale un lugar conocido y un número de facsímil para recibir notificaciones. Advierte que, si no se señalan esos medios, o si el lugar señalado es impreciso, inexacto, desaparece, o si el medio electrónico señalado está defectuoso, desconectado o sin suficiente provisión de papel, o por cualquier otro modo no imputable a la institución interrumpiere la comunicación, "las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas", conforme a la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales (la referencia legal aparece en el texto).

Contra la resolución notificada procede recurso de apelación que debe interponerse ante el mismo despacho, en forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. La Presidencia Ejecutiva de la entidad resolverá dicho recurso en su sede en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete horas y treinta minutos hasta las dieciséis horas. El documento permite ofrecer pruebas en el recurso de apelación. Se advierte expresamente que la presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. El recurso será inadmisible si se presenta fuera del plazo indicado.

La comunicación está firmada por la Oficina Local de Pérez Zeledón, que señala como Representante Legal a la Licda. María Araya Chavarría.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion23 de septiembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Cambios destacados relacionados

Publicación oficial detectada

Publicación oficial detectada

23 de septiembre de 2026

La Resolución de las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día seis de julio del año dos mil veintiséis da inicio a un proceso especial de protección con medida cautelar de cuido provisional. La Resolución de las quince horas con treinta minutos del día cinco de agosto del año dos mil veintiséis mantiene y amplía esa medida de protección de cuido…

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.