Notificación de audiencia por resolución del 5 de agosto de 2026 sobre archivo del expediente PME I.J.C.B.
Se comunica la resolución de fecha 5 de agosto del 2026, a las 9 horas 15 minutos, mediante la cual se resolvió la “resolución de archivo” relativa al expediente identificado como PME I.J.C.B. La comunicación confiere una audiencia por tres días hábiles para presentar alegatos y ofrecer pruebas.
El documento comienza dirigido “A la señora Yanellys Aydaliz Bermúdez Aguirre de calidades desconocidas.” Acto seguido dice “Se le confiere audiencia al señor Bermúdez Aguirre, por tres días hábiles...”. Esa redacción presenta una contradicción o frase incompleta: no es posible saber con certeza, solo a partir de la evidencia, si la audiencia se concede a la señora Yanellys Aydaliz Bermúdez Aguirre o a otra persona identificada como “señor Bermúdez Aguirre”. Por tanto, la información sobre el destinatario exacto de la audiencia es incierta en el texto oficial mostrado.
La persona a la que, según el texto, se le confiere la audiencia tiene tres días hábiles para presentar los alegatos de su interés y para ofrecer las pruebas que estime necesarias. Se advierte además que la persona tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección. El expediente puede consultarse en días y horas hábiles y se pueden solicitar copias del mismo. El expediente permanecerá a disposición en la oficina local indicada en Ciudad Quesada, ubicada “detrás del supermercado compre bien”.
La notificación incluye la referencia administrativa Nº OLSAR-00221-2014. Quien figura como representante legal que suscribe la comunicación es la Licda. Vivian María Cabezas Chacón, y la entidad que emite la nota es la Oficina Local de San Carlos.
Esta explicación se basa únicamente en el texto reproducido en la evidencia y no añade ni interpreta hechos que no constan allí. Cuando el texto oficial es contradictorio o incompleto, eso se señala y no se resuelve la discrepancia de modo definitivo.
“A la señora Yanellys Aydaliz Bermúdez Aguirre de calidades desconocidas.” “Se les comunica la resolución de las 9 horas 15 minutos del 5 de agosto del 2026, mediante la cual se resuelve la resolución de archivo de la PME I.J.C.B.” “Se le confiere audiencia al señor Bermúdez Aguirre, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Ciudad Quesada, detrás del supermercado compre bien.” “Nº OLSAR-00221-2014.— Oficina Local de San Carlos.—Licda. Vivian María Cabezas Chacón, Representante Legal.—( IN202601123357 ).”
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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Se comunica la resolución de fecha 5 de agosto del 2026, a las 9 horas 15 minutos, mediante la cual se resolvió la “resolución de archivo” relativa al expediente identificado como PME I.J.C.B. La comunicación confiere una audiencia por tres días hábiles para presentar alegatos y ofrecer pruebas.
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