Modificación de la representación legal de MJ IMPORTACIONES ELECTRONICA S.A. inscrita en notaría (escritura 241-2)
Ante la notaría del Lic. Jeffry Berrocal Agüero se protocolizó, mediante la escritura número 241-2, el acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la sociedad MJ IMPORTACIONES ELECTRONICA S.A., en la que se modificó la cláusula séptima del pacto constitutivo de la sociedad. La nueva redacción consignada en la escritura establece que “solamente el presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.”
El acta se protocolizó a las 14 horas del 24 de julio del año 2026. La escritura figura en el protocolo del notario en el folio 167 frente, del tomo 2. El documento notarial contiene además la anotación “San José, a las 15 horas con 10 minutos del 24 de julio del año 2026.” El notario que protocolizó el acto es Lic. Jeffry Berrocal Agüero. La referencia incluida en la evidencia es (IN202601121453). La fuente oficial donde aparece esta información es La Gaceta (Imprenta Nacional), según el documento consultado.
Afecta a la sociedad MJ IMPORTACIONES ELECTRONICA S.A. y, conforme al texto de la escritura, cambia quién puede representarla. En la redacción consignada, únicamente el presidente queda señalado como quien tiene la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Además, se le atribuyen “facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.” Esas palabras aparecen textualmente en la escritura y son las que definen, dentro del documento, el alcance declarado de la representación.
La escritura no detalla actos concretos incluidos o excluidos dentro de esas facultades ni aclara procedimientos adicionales para su ejercicio. Con la sola evidencia disponible no es posible afirmar efectos concretos frente a terceros ni pasos registrales que se hayan seguido posteriormente; esa información no consta en el documento notarial mostrado.
El contenido citado (“solamente el presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.”) proviene literalmente de la escritura protocolizada y es la base de la modificación indicada en el acta. No se agregan interpretaciones ni explicaciones adicionales sobre el alcance legal de expresiones como “apoderados generalísimos” o “sin límite de suma”, porque la evidencia no proporciona definiciones ni ejemplos concretos.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Publicación oficial detectada
Publicación oficial detectada
Ante la notaría del Lic. Jeffry Berrocal Agüero se protocolizó, mediante la escritura número 241-2, el acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la sociedad MJ IMPORTACIONES ELECTRONICA S.A., en la que se modificó la cláusula séptima del pacto constitutivo de la sociedad. La nueva redacción consignada en la escritura establece que “solamente el…
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.