Solicitud de inscripción de marca N° 2026-0009669 para productos y servicios médicos (clases 10 y 35)
Se trata de una solicitud para inscribir un signo como Marca de Comercio y Servicios, registrada bajo el número 2026-0009669. El edicto indica que la solicitud se present ó el 6 de agosto de 2026 y en el texto figura la fecha “Fecha: 1 de septiembre de 2026”. La transcripción provista corresponde a un edicto publicado por La Gaceta (Imprenta Nacional), según la evidencia citada.
La inscripción solicitada es para proteger y distinguir el siguiente contenido: en la clase 10 (clasificación internacional) se indica “Dispositivos médicos de corte”; en la clase 35 se indica “Servicios de agencia de importación y exportación de productos médicos”. La solicitud declara “Sin reserva de color”, es decir, no limita la protección a un color concreto.
El edicto reproduce la instrucción “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” También incorpora el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que dice: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Estas referencias condicionan cómo se entenderá la protección solicitada: la marca se protege según su presentación en la solicitud, pero no se extendería a elementos de uso común o necesarios en el comercio si la marca consiste en etiqueta o conjunto de elementos.
El edicto cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El texto instruye además que, “a efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.” El edicto está suscrito por Ildreth Araya Mesén en su calidad de Registrador(a) y aparece el identificador (IN202601124370).
El domicilio consignado en la solicitud es: San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, cuatrocientos metros norte de Construplaza, edificio latitud norte, oficinas de Quatro Legal, San José, Escazú, Guachipelín, Costa Rica. La transcripción incluida en este edicto no muestra una imagen o representación gráfica del signo; la protección indicada se aplicará “tal y como aparece en la solicitud”, pero la versión textual publicada aquí no contiene una imagen que permita ver cómo se muestra ese signo.
Esta explicación se basa únicamente en el texto transcrito en el edicto mostrado como evidencia. El edicto menciona artículos de la Ley y del Reglamento que afectan alcance de la protección; no se expone aquí el texto completo del artículo 85 ni otros detalles administrativos adicionales. Donde el edicto presenta fechas distintas (por ejemplo, “Presentada el: 6 de agosto de 2026” y “Fecha: 1 de septiembre de 2026”), la transcripción no explica la relación entre esas dos fechas; por ello no puede concluirse a partir de este texto cuál corresponde a la primera publicación ni a otro acto administrativo.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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