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La GacetaRegulacion22 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Resolución del Patronato Nacional de la Infancia (Oficina Local de Grecia) que ordena pasar el caso a segunda instancia y concede plazos y audiencias — 06 de agosto del 2026

El Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, resolvió el 06 de agosto del 2026 lo que se comunica a Raquel Elena Reyes Chaves y a Víctor Manuel Prado Altamirano. La resolución ORDENA: A) Pasar el proceso a segunda instancia para que se profundice la investigación mediante una fase diagnóstica; B) otorgar al profesional asignado un plazo de 20 días hábiles para elaborar un plan de intervención, su cronograma y emitir las recomendaciones correspondientes; y C) conceder audiencia escrita a las partes para que manifiesten lo que tengan a bien.

Las personas notificadas son Raquel Elena Reyes Chaves y Víctor Manuel Prado Altamirano; la resolución se dirige a ellas. Se les concede audiencia escrita por un plazo de cinco días hábiles, posteriores al de la notificación de este acto, durante los cuales podrán presentar lo que estimen pertinente. Además, el texto señala que, de considerarlo necesario, las partes cuentan con: acceso al expediente “admirativo” (sic, texto original), a presentar alegatos y pruebas, y a hacerse representar o acompañar por un profesional en derecho si así lo estiman.

Contra lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución. El plazo para ese recurso es de 48 horas siguientes a la notificación de la resolución. Se concede al profesional asignado 20 días hábiles para preparar el plan de intervención y su cronograma; la audiencia escrita se concede por un plazo de cinco días hábiles, posteriores al de la notificación.

La resolución previene a las personas notificadas para que señalen un lugar (casa u oficina) donde recibir notificaciones futuras y un medio electrónico del tipo facsímil. Advierte que, si no lo hacen, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o desapareciera, o si el medio electrónico fuere defectuoso o estuviera desconectado, las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.

El expediente identificado en la resolución es OLGR-00146-2015. La resolución lleva la firma de la Representante Legal de la Oficina Local de Grecia, Licda. Carmen Lidia Durán Víquez.

El texto original incluye la palabra “admirativo” en lugar de “administrativo” al referirse al expediente; aquí se reproduce la redacción tal cual aparece en la evidencia y esa forma crea una ambigüedad sobre si hubo una errata. Donde el documento usa expresiones como “De considerarlo necesario, las partes, cuentan con: ...” se informa lo que el texto enumera, sin ampliar ni interpretar cuándo o cómo debe aplicarse cada facultad. Esta explicación se limita exclusivamente a lo que aparece en la resolución citada.

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Publicacion22 de septiembre de 2026
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