La Gaceta
La GacetaRegulacion22 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación de medida de protección provisional y señalamiento de audiencia; recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva (Oficina Local de Guadalupe, 05 de agosto de 2026)

Se notifica a Jimmy Francisco Morales Solis sobre un proceso especial de protección en sede administrativa y sobre una medida de protección de cuido provisional dictada a favor de la persona menor de edad identificada como V.MA. La medida de protección se dictó “al ser las siete horas cinco minutos del veintiuno de julio del presente año”, según el texto de la resolución. También se comunica que se dictó un señalamiento de audiencia fijado “al ser las diez horas cero minutos del cinco de agosto del año dos mil veintiséis”.

La resolución indica que, contra la presente resolución, “procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada”. Eso significa que la persona notificada tiene un plazo de 48 horas contadas desde la notificación para presentar un recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad que emitió la resolución. El texto no añade pasos, requisitos formales ni el contenido que debe tener el recurso; la explicación se limita a lo que la resolución establece: el recurso procede y el plazo es de 48 horas desde la notificación.

La persona notificada también debe “señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local”. La resolución agrega una consecuencia si el lugar o medio señalado “fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz”: en ese caso, “las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada”. Esa frase aparece tal como en el documento; no hay en la evidencia más detalles sobre cómo se debe señalar el lugar o medio, qué se considera inexacto, incierto o ineficaz, ni procedimientos administrativos adicionales.

La comunicación está fechada como Oficina Local de Guadalupe, 05 de agosto de 2026, y aparece firmada por la Representante Legal Licenciada Alejandra Irene Aguilar Delgado. La fuente oficial de este contenido es La Gaceta, publicada por la Imprenta Nacional (documento indicado en la referencia de la evidencia). No se incluyen en la evidencia más detalles sobre el contenido concreto de la medida de cuido provisional, sobre el desarrollo interno del proceso administrativo después de la apelación, ni sobre otras diligencias o plazos distintos a los señalados en la resolución.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion22 de septiembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Cambios destacados relacionados

Publicación oficial detectada

Publicación oficial detectada

22 de septiembre de 2026

Se notifica a Jimmy Francisco Morales Solis sobre un proceso especial de protección en sede administrativa y sobre una medida de protección de cuido provisional dictada a favor de la persona menor de edad identificada como V.MA. La medida de protección se dictó “al ser las siete horas cinco minutos del veintiuno de julio del presente año”, según el texto de…

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.