Solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de seis sociedades (escritura número ciento setenta y uno-veintinueve, 25 de mayo de 2026)
Ante la notaría se presentó, mediante la escritura número ciento setenta y uno-veintinueve (visible al folio ciento treinta y uno vuelto del tomo veintinueve), una solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de seis sociedades. La presentación constó a las doce horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiséis y figura en La Gaceta con fecha veintiséis de mayo de dos mil veintiséis.
Quienes presentaron la solicitud actuaron en representación legal de las sociedades que se señalan a continuación, con las cédulas de persona jurídica tal como aparecen en la evidencia: a) PC FISHBONE, LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – setecientos cuatro mil seiscientos setenta; b) LSRMT CUATRO E, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – setecientos cuarenta y nueve mil setecientos diez; c) PESTANA HORIZON, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos nueve; d) KAVIRIA, LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ciento setenta y nueve mil cien; e) KAUNOS, LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – ciento setenta y nueve mil cien; y f) CASITA CLARA DE PUNTA BANCO, LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – setecientos veintidós mil seiscientos veintitrés.
El documento notarial fue levantado por el Notario Público Lic. Luis Ricardo Garino Granados. La publicación incluye el identificador de trámite (IN202601120438).
Lo que decide o registra la evidencia es la presentación de la solicitud ante notaría para que en el domicilio social de las sociedades indicadas conste un correo electrónico. Por tanto, con base solo en este documento se puede afirmar con seguridad que la solicitud se presentó en la fecha, hora y forma indicadas y ante el notario mencionado; no se puede afirmar que la incorporación del correo electrónico ya se haya hecho efectiva ni conocer cuál es dicho correo.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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