Reforma de la cláusula de domicilio en el Pacto Constitutivo de TRES- CIENTO UNO- SEIS TRES CERO SEIS CUATRO SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA
La publicación notifica que, mediante la escritura número ochenta y cinco- dos otorgada ante el Notario Público Lester Antonio López Olmos a las 15:00 del 22 de junio del 2026, se hizo una reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo de la sociedad denominada TRES- CIENTO UNO- SEIS TRES CERO SEIS CUATRO SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica TRES- CIENTO UNO- SEIS TRES CERO SEIS CUATRO SIETE. El aviso aparece en La Gaceta con fecha Santa Cruz, 30 de julio del 2026, y registra la referencia (IN202601120265). La publicación indica que la reforma se realizó “en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.”
El extracto publicado señala dos datos incorporados o asentados en la cláusula de domicilio: una dirección física y una cuenta de correo electrónico. La dirección física consignada en la publicación es: Guanacaste, Nicoya, Nicoya, Barrio San Martin, “de la iglesia católica de San Martín, 100 metros sur, casa esquinera”. La cuenta de correo electrónico aparece tal como en la publicación con un espacio entre el signo @ y el dominio: heidyrodriguezdiaz20@ gmail.com.
La reforma referida en el aviso corresponde a la sociedad identificada por su nombre y cédula jurídica que aparecen en la publicación.
La escritura que formaliza la modificación se otorgó el 22 de junio del 2026 a las 15:00 ante el notario indicado. La publicación en La Gaceta se fecha en Santa Cruz el 30 de julio del 2026 y tiene la referencia (IN202601120265). La fuente oficial de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional), según consta en el aviso.
La dirección y el correo se reproducen tal como aparecen en la publicación; en el caso del correo, la presencia del espacio entre “@” y “gmail.com” se mantiene porque figura así en la evidencia. Donde el aviso es incompleto o no muestra el texto íntegro, no es posible saber exactamente la redacción final del Pacto Constitutivo ni otros detalles que la escritura completa pudiera contener.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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La publicación notifica que, mediante la escritura número ochenta y cinco- dos otorgada ante el Notario Público Lester Antonio López Olmos a las 15:00 del 22 de junio del 2026, se hizo una reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo de la sociedad denominada TRES- CIENTO UNO- SEIS TRES CERO SEIS CUATRO SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica…
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