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La GacetaRegulacion21 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación de resolución del 7 de agosto de 2026 sobre “Cuido Provisional” y concesión de audiencia a dos personas

el señor Mauricio Antonio Paz García, de nacionalidad nicaragüense y demás calidades desconocidas, y a la señora Jamileth Flores Castro, de nacionalidad nicaragüense y demás calidades desconocidas, la existencia de una resolución fechada a las 8 horas 20 minutos del 7 de agosto del 2026. El texto oficial indica literalmente que “se resuelve la resolución de Cuido Provisional a favor de las PME JIUG.” Esa frase, tomada textualmente de la publicación, es ambigua y la evidencia no permite saber con certeza cuál es el contenido preciso ni los efectos concretos de esa decisión sobre derechos, obligaciones o medidas concretas.

Lo que la publicación sí establece con claridad y de forma directa es que se les confiere audiencia al señor Paz García y a la señora Flores Castro por un plazo de tres días hábiles. Durante ese plazo pueden presentar los alegatos de su interés y ofrecer las pruebas que estimen necesarias. También se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección.

El expediente referido permanecerá a disposición en la oficina local que publica la notificación. En días y horas hábiles pueden consultar el expediente y solicitar las copias del mismo. La oficina local está identificada como Oficina Local de San Carlos y se indica su ubicación en Ciudad Quesada, detrás del supermercado compre bien. La notificación incluye el número OLSCA-00216-2026 y la referencia ( IN202601123422 ). La comunicación aparece firmada por la Representante Legal, Licda. Vivian María Cabezas Chacón, y fue publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional), según la evidencia proporcionada.

la publicación informa de una resolución del 7 de agosto de 2026 que menciona “Cuido Provisional” a favor de “PME JIUG”, pero esa formulación no permite concluir, con la información disponible en esta evidencia, qué decisión concreta se adoptó ni qué efectos tiene. Lo que sí se decide claramente en la notificación es otorgar un plazo de tres días hábiles para audiencia a las dos personas nombradas, con los derechos a presentar alegatos, ofrecer pruebas, asesorarse y consultar o copiar el expediente en la oficina local indicada.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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TipoDocumento oficial
Publicacion21 de septiembre de 2026
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La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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