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La GacetaRegulacion21 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación de ampliación de la Medida de Cuido Provisional (resolución del 13/07/2026) dirigida a Andy José Goméz Picado

Esa resolución dispuso la ampliación de la Medida de Cuido Provisional que había sido dictada a favor de la persona menor de edad identificada como N.J.G.C., bajo el expediente administrativo número OLPZ-00148-2022.

A la persona notificada se le concede audiencia por un plazo de tres días hábiles para que presente los alegatos que estime convenientes. Durante ese plazo tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y por técnicos de su elección. También puede consultar y fotocopiar las piezas del expediente, las cuales permanecerán a disposición en la Oficina Local de Pérez Zeledón en días y horas hábiles. La ubicación indicada para esa oficina es: Pérez Zeledón, 400 metros oeste del Banco Nacional que está frente al Parque de San Isidro.

Contra la resolución mencionada procede el recurso de apelación. Ese recurso deberá interponerse ante el mismo despacho, en forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. La Presidencia Ejecutiva de la entidad resolverá el recurso; su despacho está ubicado en San José, Barrio Luján, y atiende en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. En la apelación pueden ofrecerse las pruebas que se consideren pertinentes. El documento advierte que el recurso será inadmisible si se presenta fuera del plazo indicado. Además, señala expresamente que la presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido.

El comunicado identifica el expediente OLPZ-00148-2022 y fue emitido por la Oficina Local de Pérez Zeledón, firmado por el Representante Legal Lic. Wálter Mauricio Villalobos Arce. La fuente oficial de esta comunicación es La Gaceta (Imprenta Nacional), según la evidencia proporcionada.

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Publicacion21 de septiembre de 2026
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Esa resolución dispuso la ampliación de la Medida de Cuido Provisional que había sido dictada a favor de la persona menor de edad identificada como N.J.G.C., bajo el expediente administrativo número OLPZ-00148-2022.

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