resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertenc
A la señora Virginia Vega Rodríguez, costarricense, sin más datos, se le comunica el inicio del proceso especial de protección y dictado de la medida cautelar de Abrigo Temporal, dictada al ser las doce horas cincuenta minutos del treinta de junio de dos mil veintiséis, a favor de la persona menor ASSV. Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir notificaciones, o bien, señalar correo electrónico para recibir notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, o por cualquier otro modo no imputable a esta institución, se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Publicación oficial detectada
Publicación oficial detectada
A la señora Virginia Vega Rodríguez, costarricense, sin más datos, se le comunica el inicio del proceso especial de protección y dictado de la medida cautelar de Abrigo Temporal, dictada al ser las doce horas cincuenta minutos del treinta de junio de dos mil veintiséis, a favor de la persona menor ASSV. Notifíquese la presente resolución a quien interese…
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.