Resolución que inicia proceso especial de protección y dicta fase diagnóstica a favor de una persona menor de edad
Se comunica a don José Joaquín Mora Cartín la decisión adoptada en este despacho a las 11:30 del día 4 de agosto del 2026: se inició un proceso especial de protección y se dictó la fase diagnóstica a favor de la persona menor de edad identificada como IMV. Esto significa que la institución responsable ha decidido abrir formalmente ese procedimiento y realizar la etapa diagnóstica, según consta en la resolución publicada.
A don José Joaquín Mora Cartín se le advierte que debe señalar un lugar conocido para recibir las notificaciones del expediente o, alternativamente, señalar un número de facsímil para recibir las notificaciones que puedan practicarse por ese medio. El texto establece expresamente: “en el entendido de que, de no hacerlo, ó si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.” En lenguaje común: si no indica dónde recibir comunicaciones o la dirección que dé resulta ser incorrecta, las notificaciones que emita la institución se considerarán válidas (firmes) 24 horas después de que sean dictadas.
Contra esta resolución procede únicamente el recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución emisora. Ese recurso deberá interponerse ante este despacho, en horas hábiles, de forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto. El documento advierte de manera clara que si el recurso se presenta fuera de ese plazo “el recurso deviene en inadmisible”, es decir, no será admitido.
Se informa también que es derecho del notificado hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho y revisar y estudiar el expediente administrativo. El expediente relacionado es el Nº OLSR- 00170-2024, tramitado por la Oficina Local de San Ramón y firmado por la Lcda. Yenory Rojas Ramírez, Representante Legal.
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